Judicial |19 Ago 2008 - 11:15 am

Prestadoras de servicios públicos no podrán multar a los morosos

El Consejo de Estado prohibió a las empresas de servicios públicos imponer sanciones económicas a sus usuarios cuando estos incumplan en el pago de sus servicios.

La facultad que había otorgado la Comisión de Regulación de Energía y Gas a las empresas prestadoras de servicios públicos de cobrarle a estos cuando se atrasaban en los pagos, fue tajantemente prohibida por el alto tribunal, agregando además que cuando una situación de este tipo ocurra, la empresa deberá acudir a un juez para que éste determine el paso a seguir.

 El dictamen del Consejo de Estado se dio como consecuencia de una denuncia impuesta por la Corporación Liga de Usuarios de Servicios Públicos Domiciliarios en Barranquilla, que pidió que se anulara la resolución 108 del Creg, Comisión de Regulación de Energía y Gas.

La resolución le otorgaba el aval a las empresas de servicios públicos imponer sanciones monetarias a los usuarios. "Como consecuencia de tal autorización, dichas empresas elaboraron sus contratos de condiciones uniformes, en los que se atribuyeron la facultad de investigar, preconstituir pruebas, establecer los montos de las multas y aplicarlas directamente, sin la intervención de ningún juez de la República", violando por tanto los derechos de presunción de inocencia y al debido proceso.

Para evitar el corte del servicio, cientos de usuarios pagaron las sanciones económicas impuestas por las empresas, sin que se les respetara el derecho al debido proceso y la defensa.

El proceso fue abierto el 4 de julio de 2006, dos meses después el Ministerio Público dio su dictamen, otorgando la razón al Creg, porque consideraba que los artículos demandados, no violaban las leyes que el demandante atribuía.

Después del dictamen del juez, la Corporación Liga de Usuarios de Servicios Públicos domiciliarios en Barranquilla decidió apelar esa decisión. El Consejo de Estado determinó, por tanto, que las empresas de servicios públicos deben hacerle firmar a sus usuarios un contrato claro en el momento en que empiecen a prestarles el servicio, que debe incluir qué tipo de sanciones interpondrán cuando ese contrato se incumpla -por ejemplo, con el no pago de la factura-, pero bajo ninguna circunstancia podrán actuar como un tribunal alterno, ni tampoco cobrar sumas de dinero como estrategia de sanción. Para ello anuló la resolución 108 de 1997 del Creg.

"En el presente caso, la ley sólo les otorgó competencia para suspender o dar por terminado el contrato, y para cortar los servicios a los suscriptores o usuarios", no para realizar cobros por no pago en los servicios. La imposición de multas a los usuarios, sin intermediación de un juez, violaba el derecho al debido proceso, consagrado en el artículo 29 de la Constitución.

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Opiniones

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terraplen

1 Noviembre 2008 - 4:44pm
Casualmente hoy llego a mi residencia un panfleto de gases del caribe, el cual lo firma un señor GABRIEL NUÑEZ INSIGNARES, como jefe departamento atencion a usuarios, mediante el cual se me ordena que o permito que efectuen una revision periodica de mi instalacion en la que me van a cobrar la suma de $35.000, la que demora cinco minutos o de lo contrario, me cortan el servicio o me facturan una reconexión que vale $17.000 o un corte de acometida por valor de $155.000, estoy convencido que eso no puede suceder en colombia, o simplemente la justicia esta fallando o realmente la superintendencia no existe como entidad de control.esta denuncia es publica y tengo ese panfleto como prueba, de una u otra forma esto es terrorismo para que nos veamos obligados a pagar ese dinero a un contratista.
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raldanao

17 Octubre 2008 - 11:02am
Como en el viejo oeste, cuando salían pistoleros en caza de recompensas, electricaribe tiene en la costa cuadrillas cazarecompensas de fraudes que ellos mismos prefabrican y se convierten, dentro de un mismo proceso administrativo, en acusadores y jueces.Ahi está Jalisco, ellos nunca pierden aunque violen el debido proceso y la presunción de inocencia, pero esto no es tan grave como que establecen multas a viviendas- lease ranchitos, que a duras penas cuestan de tres a cinco millones- más de doce millones, bajo el argumento que esto no es multa es, eufemisticamente,energía dejada de facturar.
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elduke

19 Agosto 2008 - 3:24pm
Quisiera que alguien me explicar sobre la ley de arrendamientos 820 de 2003 la cual en uno de apartes dice que el usuario o arrendatario es el responsable directo ante las generadoras del pago y no el dueño del predio y por que las generadoras no lo han puesto en practica.
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nidiamoralesf

19 Agosto 2008 - 2:57pm
se joxxx aliasrobado... sino cobra ahi mismo. Me parece que se quedo sin paga...
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notraguentero

19 Agosto 2008 - 2:55pm
MUY BUEN CONCEPTO pues sirve de argumento de defensa cuando tengamos que enfrentar "sanciones" por los prestadores de servicios y se tenga que interponer recursos para defendernos.
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camargorueda

19 Agosto 2008 - 2:08pm
y las multas que cobran disfrazadas de "RECONEXION". se supne que la persona no pago por no tener dinero y la terminan de joder al mes siguiente con esa multa que es mayor que el consumo
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luispuyana

19 Agosto 2008 - 1:12pm
A que alivio, por fin se hace justicia ante tanta ignominia. En cambio, cuando el gobierno se retrasa en pagar el salario o el aumento del mismo ahi sino hay sanciones por ningún lado. O cuando al cliente de una EPS no lo atienden, tampoco hay ninguna sanción
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nidiamoralesf

19 Agosto 2008 - 12:33pm
El Consejo de Estado... El Consejo de Estado, no es el mismo que ORDENO, restituir y ascender a General de la Policia al Coronel V. H. Ferreira A. despues de que se COMPROBO que su salud mental (a pesar de todo) es clara y sana. (los cargos por los que lo destituyeron,fueron falseados burdamente sobre "cargos" de demencia. (y a veces nos preguntamos sino es de "locos" denunciar a 10 generales como corruptos y un resto de ex-y- presidentes,amen de jueces ect.) pero bueno... sigamos...El Consejo de Estado, ordeno, repito...SU ASCENSO Y RESTITUCION DE CARGO///sera que esta vez les haran caso?
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Novalelapena

19 Agosto 2008 - 12:05pm
YA ERA HORA DE QUE A ESTAS CHUPASANGRE QUE SON LA CAUSA DE HAMBRE EN MUCHOS HOGARES COLOMBIANOS LOS PUSIERAN EN CINTURA. SUS GERENTES NO ENTIENDEN LO QUE ES UNA NACION Y LA CIVILIZACION. SU UNICO OBJETIVO ES PRODUCIR Y PRODUCIR UTILIDADES COMO SEA Y ENDEUDARSE Y POR ENDE ENDEUDAR AL PUEBLO CON PROGRAMAS QUE SON SOLO PARA GENERACIONES FUTURAS. HAY QUE PLANEAR DIFERENTE Y SER CONSCIENTES DEL DAÑO QUE SE LE HACE AL MERCADO DIARIO.
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