Judicial |12 Feb 2009 - 2:52 pm

La Corte tumbó la Conmoción Interior

Por: Elespectador.com

La Corte Constitucional declaró inexequible la declaratoria del estado de Conmoción Interior que invocó el Gobierno para conjurar el paro judicial a finales del año pasado.

Magistrado Nilson Pinilla, presidente de la Corte Constitucional
Foto: Federico Rios - Elespectador.com
El presidente de la Corte Constitucional, magistrado Nilson Pinilla.

El presidente de la Corte Constitucional, Nilson Pinilla, aseguró que después del candente debate al interior de la Sala Plena, concluyeron que el Gobierno tenía otros mecanismos para combatir los problemas que estaba ocasionando el paro judicial.

Indicó, por ejemplo, que la Fiscalía General de la Nación, los tribunales y las altas cortes nunca dejaron de trabajar, lo que significa que realmente no había riesgo de que un delincuente peligroso o un "terrorista" quedara en libertad.

Los magistrados encontraron "una notable inexactitud e ineficencia de las razones aducidas por el Ejecutivo para la declaración del estado de conmoción interior". La muerte de Luis Santiago, por ejemplo, "desafortunadamente son cosas que pasan en Colombia, no es algo que vaya a conmocionar especialmente al país".

El presidente de la Corte, Nilson Pinilla, señaló además que argumentar que se declaraba el estado por congestión judicial no tiene razón de ser, porque la congestión judicial es crónica en Colombia desde hace mucho rato.

Por otro lado en magistrado enfatizó en que las razones para decretar la conmoción interior deben ser siempre extraordinarias, y que generen "una grave perturbación" del orden, la seguridad o la convivencia ciudadana, lo que en este caso, aunque se estuviera violando el derecho a la administración de justicia de muchos ciudadanos, el Gobierno podía plantear otros mecanismos extraordinarios.

"Lo cumplido cumplido está, pero el estado de conomoción ya había sido levantado en enero. Lo que conlleva esta decisión es una puntualización de la gran seriedad que se requiere para la declaratoria de un estado de conmoción interior, puntualizó Pinilla.

La declaratoria de Conmoción Interior fue adoptada el 9 de octubre del 2008 mediante el Decreto 3929, debido, entre otras razones, a "que la administración de justicia no se encuentra funcionando de manera normal y adecuada, lo que atenta contra la estabilidad institucional y el normal funcionamiento de la rama jurisdiccional, con grave detrimento del orden público y social".

Clara Inés Vargas, Mauricio González, Gabriel Mendoza y Marco Gerardo Monroy salvaron su voto en la declaratoria del estado de conmoción interior.

Entre los argumentos dados por los cuatro magistrados para votar en contra de tumbar la conmoción, están el que muchos colombianos no pudieron acceder a la justicia durante los más de 40 días de paro.

"La Corte ha debido hacer una interpretación sistemática e integral de los 'considerandos' del Decreto de declaración, que contenía los elementos mínimos para apreciar la gravedad de los hechos y la necesidad de adoptar medidas extraordinarias", indicaron los cuatro altos juristas en un comunicado de prensa.

La decisión de la Corte Constitucional deja sin piso todos los decretos expedidos por la administración Uribe al amparo de esa medida.

Al momento de decretar la conmoción, las autoridades hablaban de 125.000 procesos judiciales paralizados. Mientras tanto,  2.720 personas acusadas de diversos delitos como homicidio y tráfico de drogas, han quedado libres.

A través del decreto 0021 del 8 de enero de 2009, el Gobierno dio por terminado el periodo en el que el ejecutivo tenía la facultad de dictar normas extraordinarias para enfrentar los efectos de la parálisis en el sector de la justicia.

El ministro del Interior, Fabio Valencia Cossio, dijo que el Gobierno acata la decisión de la Corte Constitucional, de la cual se enteró extraoficialmente, y que analizará el contenido del fallo para determinar cómo proceder en cuanto a las normas expedidas durante los meses que duró la Conmoción.

Dijo que en su momento, el Gobierno acudió a ese estado de excepción que contempla la Constitución Nacional por pedido expreso de la Fiscalía,  la Procuraduría y la Policía.

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