Judicial |13 Feb 2009 - 4:56 pm

Corte Suprema dice que con los desmovilizados no se habla de verdad, sino de verdades

Por: Elespectador.com

Para la Sala Penal de la Corte con ponencia del magistrado José Leonidas Bustos, en los procesos de Justicia y Paz es importante que la Fiscalía tenga la oportunidad de acusar al desmovilizado por los presuntos delitos en diferentes momentos, porque es de esa misma manera como el desmovilizado va confesando sus crímenes.

Eso dijo la Sala Penal a un Fiscal de Justicia y Paz de Cali, que había pedido que aceptaran imputarle los cargos a un ex paramilitar en de forma parcial, argumentando que para los desmovilizados era difícil recordar los crímenes realizados de una sola vez, tanto como "para un mujeriego recordar con exactitud la fecha y hora en que tuvo encuentros con cada mujer que pasó por su vida". 

"El desmovilizado confesó aquello que se le está imputando, sin que esté llamado tampoco a desplegar ninguna actividad probatoria o defensiva en su favor, por cuanto el proceso está dirigido precisamente a la imposición de una pena indulgente, para lo cual era necesario renunciar a la presunción de inocencia y a la no autoincriminación", resaltando con esto, que no se viola ningún derecho del procesado.

Antes de llegar a la corte en recurso de apelación, un Magistrado de Control de Garantías había dicho que las imputaciones parciales afectaban el derecho a la verdad.

"La confesión va orientada a revelar una multiplicidad de hechos, tantos como extensa y dinámica fue la actividad armada del desmovilizado al interior de los grupos armados al margen de la ley, por lo que la aludida unidad no existe sino como mirada de un conjunto que agrupa pluralidad de elementos, cada uno de los cuales puede ser analizado con independencia de los otros, sin que por eso pierda su afinidad con el conjunto al que pertenece", puntualizó el Alto Tribunal.

La Corte Suprema hizo ese pronunciamiento después de que el Fiscal Dieciocho de la Unidad de Justicia y Paz hiciera la petición, en el caso llevado en contra del desmovilizado paramilitar Juvenal Álvarez Yepes.

Antes de su desmovilización en el año 2004, Álvarez había pertenecido al Bloque Calima en el municipio de Santo Domingo, Antioquia, y también en el Valle del Cauca, bajo el mando de Hebert Veloza García, alias 'H.H.'. Anteriormente ya había sido encarcelado por acceso carnal violento, pero al margen de la ley de Justicia y Paz.

Después de su desmovilización se le lleva un juicio por los delitos de concierto para delinquir agravado, fabricación, tráfico y porte de armas y municiones de uso privativo de las fuerzas armadas, utilización ilegal de uniformes e insignias, y los homicidios de Raúl Salgado Beltrán y Jesús Edímer Albarán Rodríguez.

El Magistrado de Control de Garantías desaprobó la imputación parcial porque la norma autoriza dicha medida solamente en relación con el desmovilizado que no esté privado de la libertad; "fundamentó su decisión en que la imputación parcial no puede convertirse en una fórmula para dispensar la incapacidad o la negligencia de la Fiscalía frente a un proceso de desmovilización que lleva ya varios años sin producir los resultados esperados", reseñó la Corte.

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