Judicial |26 Oct 2009 - 12:26 pm
Corte abre investigación preliminar contra Comisión de Acusaciones
Por: Elespectador.com
Indagará preliminarmente a los parlamentarios por, presuntamente, dilatar los procesos en contra de altos funcionarios del Gobierno.
Con ponencia del presidente de la Corte Suprema de Justicia, Augusto Ibáñez, se abrió el Expediente No. 32758 a tarvés del cual cursará el estudio de una denuncia interpuesta en contra de varios congresistas que integran la Comisión de Acusación e Investigación de la Cámara de Representantes.
Serían 13 los parlamentarios que habrían sido acusados por un ciudadano, que asegura que los legisladores han incurrido en el delito de omisión, al dilatar el estudio de procesos en contra de altos funcionarios del Gobierno, especialmente, los que involucran al presidente de la República, Álvaro Uribe Vélez.
Aún se desconoce el nombre de los parlamentarios -pues la Corte los mantiene en reserva- y los echos específicos por los que serán indagados en la investigación preliminar.
Nos obstante que ningún magistrado ha confirmado el estudio del caso, el expediente ya se encuentra en la Secretaría General del Alto Tribunal.
Recientemente, se produjo una discusión en los sectores de opinión más representativos del país, tras la propuesta del Partido de la U de crear una "Súper Corte", que asumiría todas las funciones de esa Comisión legislativa e incluso algunas de las facultades que tiene la Corte Suprema.
Apartes del proyecto sugerían que ese nuevo ente administrador de justicia se encargara de juzgar a los más altos dignatarios de las tres ramas del poder, incluyendo al Presidente, los congresistas y a los magistrados, así como también a los jefes de los organismos de control.
Así, se origina una nueva contradicción entre la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura y la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia que ya estaban insertas en una confrontación por el caso del ex congresista, Iván Díaz Mateus, condenado inicialmente por la Corte, en decisión revocada por la Judicatura.
Según la Sala, que falló la tutela a favor del ex legislador, el juez natural del procesado no debía ser esa colegiatura, dado que ya había renunciado al fuero parlamentario cuando se produjo el supuesto delito objeto del juicio.
Pocos días después de fallada la tutela, el Alto Tribunal retomó una jurisprudencia que le otorgaba la competencia para juzgar a funcionarios públicos, incluso en la eventualidad en que renuncien a su investidura, cuando el delito objeto del proceso se hubiera producido como consecuencia del ejercicio de su funciones.
Incluso, la Corte Suprema hizo uso reciente de una jurisprudencia en la que advierte que las posturas de la Sala Penal no pueden ser controvertibles vía tutela.
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