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Corte Suprema le ordena al DAS trasladar a uno de sus funcionarios

Aunque la corporación respeta la facultad que tiene el organismo judicial para trasladar a sus investigadores, le ordenó que regresara a Cali a uno de sus funcionarios para que su hija menor, que nació con síndrome de Down, crezca con el "apoyo, cariño y amor de su progenitor".

El Espectador
27 de octubre de 2008 - 03:37 p. m.

La pequeña Sofía* nació con síndrome de Down, reflujo y un soplo en el corazón. La segunda enfermedad le causa que parte de los alimentos que ingiere se vayan a los pulmones y le causen neumonía. En apenas un año de vida que tiene, ha estado hospitalizada 7 veces. El neurólogo le formuló tres sesiones semanales de terapia, para que algún día pueda llegar a caminar, además de otras para que aprenda a hablar.

La mamá es confeccionista y el papá investigador del DAS. La primera, además de Sofía, tiene tres hijos mayores, provenientes de un matrimonio anterior, pero igualmente menores de edad; el padre, por su parte, fue trasladado a Popayán, según el DAS, porque cuando una persona se adscribe a la institución, "asume el compromiso de prestar sus servicios donde lo disponga el nominador".

La madre tuteló que se trasladara de vuelta a su esposo a Cali, porque ella no tenía el tiempo suficiente para llevar a la niña a todas las terapias, por lo que el apoyo de su conyugue es fundamental en el crecimiento "armónico e integral" de la menor. Pidió la madre de Sofía que el padre sea devuelto a Cali "por el tiempo que fuera necesario hasta que la niña camine y su salud se estabilice".

La Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, tuteló a favor de la menor, argumentando que "la bebé Sofía tiene el derecho de disfrutar diariamente del apoyo, cariño y amor de su progenitor, lo que sin duda, contribuye a superar su estado de discapacidad o por lo menos hacerlo más llevadero. Dejar bajo su exclusivo cuidado la atención de Sofía -del de la madre- resulta inhumano si se tiene en cuenta que la menor por su discapacidad requiere de mayor cuidado y dedicación especial", y con ello ordenó también que el padre sea devuelto a la Seccional del Valle del Cauca en un término no superior a 48 horas.

Por El Espectador

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