Caso Colmenares: Tribunal rechazó demanda de Carlos Cárdenas contra la Nación

El estudiante, quien fue absuelto por la muerte del joven Luis Andrés Colmenares, exigía una reparación de 1.500 millones de pesos.

Redacción Judicial
12 de julio de 2017 - 04:57 p. m.
Carlos Cárdenas Gómez en 2012 / Archivo ElEspectador
Carlos Cárdenas Gómez en 2012 / Archivo ElEspectador

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó por extemporánea la demanda presentada en contra de la Rama Judicial, Dirección Ejecutiva de Administración de Justicia y la Fiscalía General, por Carlos Andrés Cárdenas Gómez por el tiempo que estuvo privado de la libertad en el marco del proceso penal que se le adelantó por su presunta participación y conocimiento en los hechos que rodearon la muerte de Luis Andrés Colmenares Escobar el 31 de octubre de 2011.

En la demanda, radicada por Cárdenas Gómez el 17 de mayo de 2017, se pedía una reparación económica por el daño causado por “la privación injusta de la libertad, defectuoso funcionamiento de la administración de justicia y error jurisdiccional del que fueron víctimas los demandantes”. Por esto pedía declarar patrimonialmente responsables a las entidades demandas por las acciones que lo afectaron directamente y a su núcleo familiar.

Se esperaba que las entidades demandadas asumieran el “costo de la reanudación del proyecto de vida” de Cárdenas Gómez puesto que cuando fue detenido y enviado a la cárcel se encontraba cursando sus estudios de Ingeniera Industrial en la Universidad de los Andes. “Es pertinente referir que debe reconocerse a la víctima su derecho de culminar su proyecto de vida haciendo las advertencias necesarias y pertinentes para que sus derechos humanos no sean vulnerados mediante prácticas de exposición mediática”.

Igualmente, se solicitaba adelantar el proceso de rehabilitación para que las entidades demandadas pagarán los costos de la rehabilitación física, psicológica y psiquiátrica de la víctima y su núcleo familiar “hasta un punto de salud física y mental plena”. Esto debido al tiempo que estuvo recluido en la cárcel Modelo de Bogotá, compartiendo celda con Javier Velasco, procesado por la violación y asesinato de Rosa Elvira Cely.

Por esto pedía iniciar un proceso de responsabilidad penal, disciplinaria, fiscal y las acciones de repetición “contra quienes causaron el daño”. Sostenía el demandante que se le debía reparar económicamente por los gastos que hizo su familia en el pago de abogados para su defensa, cifra cercana a los 748 millones de pesos.  Por los daños morales y materiales se pedía una reparación de $1.500 millones.

Sin embargo, la Sala determinó que la demanda se presentó de manera extemporánea hecho por el cual opera “el fenómeno jurídico de la caducidad del medio de control”. El demandante podrá presentar recurso de apelación en contra de esta decisión el cual deberá ser resuelto por la Sección Tercera del Consejo de Estado.

Cárdena Gómez fue capturado el 6 de junio de 2012 en el occidente de Bogotá. Ese mismo día la Fiscalía General le imputó los delitos de homicidio agravado en calidad de determinador y estafa, esto porque presuntamente había sido la persona que le ocasionó la muerte a Luis Andrés Colmenares Escobar tras una pelea.

El 18 de julio de 2012 fue dejado en libertad. Sin embargo, no fue hasta el 6 de junio de 2014 que un juez de conocimiento lo absolvió al considerar que no existían pruebas suficientes para demostrar su participación y responsabilidad en estos hechos. El 9 de octubre de 2014, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá ratificó la decisión.

  

Por Redacción Judicial

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