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Las claves del debate por millonarias pensiones

Después de varios impedimentos, cuatro magistrados y un conjuez se aprestan a debatir sobre las cuestionadas jubilaciones de exmagistrados y excongresistas.

Juan David Laverde Palma y Sebastián Jiménez Herrera
18 de marzo de 2013 - 10:00 p. m.
Corte Constitucional tiene la última palabra sobre la demanda contra la ley que creó el régimen especial de pensiones para magistrados y congresistas. / Archivo
Corte Constitucional tiene la última palabra sobre la demanda contra la ley que creó el régimen especial de pensiones para magistrados y congresistas. / Archivo

Después de la lluvia de impedimentos que presentaron algunos magistrados y conjueces de la Corte Constitucional para no hacer parte de la discusión sobre las millonarias pensiones de exmagistrados y excongresistas, se espera que esta semana por fin pueda comenzar el debate por estas cuestionadas jubilaciones. De acuerdo con fuentes de esa corporación, consultadas por El Espectador, tres son los ejes del debate a cargo de cuatro magistrados y un conjuez de ese alto tribunal.

¿Quiénes deben ser los beneficiarios de la Ley Cuarta de 1992, que mejoró el régimen pensional de magistrados y congresistas? ¿Cuál debe ser el tope de estas cuestionadas jubilaciones? Y, ¿deben ser incluidas las vacaciones, las primas y conceptos similares en la liquidación de estas pensiones? Estas son las preguntas que tienen encendido el debate por las millonarias pensiones. La discusión no es menor si se tiene en cuenta que algunos exmagistrados y excongresistas reciben mesadas pensionales superiores a $16 millones, mientras el grueso de la población apenas logra jubilarse.

En 1993, mediante la Ley 100, se creó un nuevo régimen pensional. Para que aquellas personas que ese año estaban a punto de pensionarse no perdieran los beneficios que habían adquirido, se creó un régimen de transición que cobijaría a las mujeres que el 1º de abril de 1994 tuvieran 35 años o más y a los hombres que, para esa fecha tuvieran 40 años o más.

Además, podían ser beneficiarios quienes, aunque no tuvieran esa edad, llevaban 15 años o más cotizando para su pensión. Mediante tutelas algunos magistrados y congresistas se han subido al bus del régimen de transición y han sido favorecidos sin razón.

Algo similar ocurre con la Ley Cuarta de 1992, que les dio varios beneficios pensionales a quienes se pensionaron después de que esta norma entrara en vigor. Lo que la Corte estudia es si hay excongresistas y exmagistrados que se estén aprovechando de los beneficios de esta ley sin tener derecho a ello. Los cuatro magistrados y el conjuez encargados de esta discusión deberán esclarecer quiénes son los beneficiarios de estas leyes y quiénes no.

Desde 2010, cuando se implementaron algunas medidas de la reforma pensional de 2005, las pensiones pagadas con dineros públicos no pueden ser superiores a 25 salarios mínimos mensuales. Esa misma reforma puso fin a los regímenes especiales; sin embargo, las personas que para ese momento ya se habían pensionado fueron protegidas y algunas de ellas quedaron con jubilaciones superiores a $20 millones.

Dos abogados, Germán Calderón y Dionisio Araújo, pidieron que se revisaran las normas que permitían que esto ocurriera y que magistrados y congresistas se pensionaran con el promedio de lo devengado en su último año de trabajo y no en los últimos 10, como ocurre con los demás ciudadanos.

El Gobierno, a través de su ministro de Trabajo, Rafael Pardo, le ha pedido a la Corte Constitucional que le ponga límite a las jubilaciones millonarias, que han generado un hueco fiscal en las arcas de la Nación. Los miembros de la Corte deberán establecer si las pensiones de antes de 2010 deben tener el tope de los 25 salarios mínimos mensuales. La ponencia del magistrado Jorge Pretelt Chaljub, que estudiarán sus compañeros en Sala Plena, apunta en esa dirección.

Jurisprudencia del Consejo de Estado, promovida entre otros por el hoy procurador Alejandro Ordóñez —promotor y beneficiario de estas millonarias pensiones—, ha permitido que conceptos como primas, vacaciones y viáticos a magistrados y congresistas sean incluidos en sus mesadas pensionales, lo que ha hecho que éstas aumenten. En la Corte Constitucional se ha de debatir si estos rubros deben seguir siendo incluidos en las liquidaciones. O si, en cambio, se debe liquidar con base en los salarios solamente.

La controversia que ha generado este tema ha puesto a hablar al procurador Alejandro Ordóñez, a la contralora Sandra Morelli, a magistrados de las altas cortes, a los fondos de pensiones y otros tantos. Quienes tienen la última palabra son los cuatro magistrados y un conjuez de la Corte Constitucional. Si es que la lluvia de impedimentos lo permite.

En Twitter: @jdlaverde9 @juansjimenezh

Por Juan David Laverde Palma y Sebastián Jiménez Herrera

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