Condenan a la Nación por atentado al club El Nogal

El Consejo de Estado señaló que la Fiscalía y el DAS se abstuvieron de verificar informaciones recibidas sobre un inminente atentado en el norte de la capital del país.

Redacción Judicial
22 de agosto de 2018 - 05:23 p. m.
El atentado del club El Nogal ocurrió el 7 de febrero de 2003. / Archivo
El atentado del club El Nogal ocurrió el 7 de febrero de 2003. / Archivo

La noche del 7 de febrero de 2003 un carro bomba instalado en el club El Nogal, ubicado al norte de Bogotá, dejando 37 muertos y 198 heridos. Por el hecho, los dirigentes de la antigua guerrilla de las Farc ya reconocieron su responsabilidad ante los familiares de las víctimas y la opinión pública y se espera que sean llamados por la Jurisdicción Especial para la Paz a responder. Entre tanto, el Consejo de Estado acaba de emitir por estos hechos una condena a la Nación representada en el Ministerio de Defensa, de Justicia, la Fiscalía y el antiguo Departamento Administrativo de Seguridad.

¿La razón? Que en ese momento había una complicada situación de orden público, que había llevado incluso a decretar estado de conmoción, por lo que las autoridades debían haber tomado medidas para garantizar la seguridad y protección debida a la población civil. Incluso, el fallo asegura que la Fiscalía y el extinto DAS se "abstuvieron de dar pronto trámite y verificación a la información recibida acerca de la inminencia de un atentado terrorista de gran magnitud en el norte de la capital de la República, a pesar de que fueron señaladas las instalaciones del club como posible blanco de esas intenciones".

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En su determinación, el Consejo de Estado concluyó que la población civil es ajena al conflicto y protegida por el derecho internacional no debía ser expuesta por las autoridades. De hecho, enfatizó el alto tribunal que las instalaciones del club privado se han utilizado con fines institucionales, "pues se adelantaron reuniones de altos funcionarios del Estado, auspiciados por el Ministerio del Interior, y se comprobó la pernoctación de la ministra de Defensa de la época en el lugar donde se produjo el ataque".

El pronunciamiento se realizó al estudiar una demanda que interpusieron los familiares de Catalina Muñoz Toffoli y Cesar Augusto Caicedo, quiénes fallecieron en el atentado. La Sección Tercera del alto tribunal falló a su favor y ordenó la instalación de una obra de arte en las inmediaciones de la zona afectada con el atentado. Para ello se deberá hacer un proceso creativo acordado con las víctimas. Y se deberá hacer un acto público de desagravio en el que se realice la presentación e inauguración de la obra.

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El Consejo de Estado además ordenó enviar su decisión al Centro Nacional de Memoria Histórica,  a la Jurisdicción Especial para la Paz y a la Comisión de la Verdad, con el fin de documentar la memoria del país y contribuir a su esclarecimiento.

 

Por Redacción Judicial

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