Condenan a la Nación por tiempo que Sigifredo López estuvo detenido

Por orden de la Fiscalía, el exdiputado fue cobijado con medida de aseguramiento durante tres meses, por presuntamente participar en el secuestro y posterior asesinato de sus 11 compañeros de la Asamblea del Valle del Cauca.

Redacción Judicial
14 de julio de 2017 - 12:39 a. m.
Condenan a la Nación por tiempo que Sigifredo López estuvo detenido

La Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca condenó a la Nación, representada en la Fiscalía General, por los daños materiales y morales que sufrió el exdiputado del Valle del Cauca, Sigifredo López Tobón por los tres meses que estuvo privado injustamente de su libertad. 

"Declarar administrativamente responsable la Nación - Fiscalía General de la Nación por los perjuicios causados con ocasión de la privación de la libertad sufrida por el señor sufrió López Tobón producto de la investigación penal seguir en su contra por los delitos de homicidio agravado, perfidia, toma de rehenes y rebelión", precisa uno de los apartes de la decisión judicial que aceptó las pretensiones del exdiputado.

La Sala ordenó el pago de 550 millones de pesos (equivalentes a 606 salarios mínimos legales vigentes) para el demandante y su núcleo familiar (madre, esposa, dos hijos, hijo de crianza, tres tíos, cuatro tías, suegra, dos cuñados, una cuñada y un dependiente) en concepto de perjuicios morales. 

"Condenar a la Nación - Fiscalía General de la Nación a pagar por concepto de perjuicios materiales en calidad de daño emergente a favor del señor Sigifredo López Tobón la suma de noventa y siete millones seiscientos sesenta y ocho mil novecientos noventa y cinco pesos con cuarenta y tres centavos ($97.688.995,43) 

López Tobón fue capturado el 16 de mayo de 2012 por agentes del CTI de la Fiscalía General en Cali. La detención se hizo en el marco de una investigación que se adelantaba por su presunta participación en el plan de las Farc para secuestrar a los 12 diputados de la Asamblea del Valle del Cauca  el 11 de abril de 2002, en la sede de la entidad.

Después de cinco años secuestrados, el 28 de junio de 2007 se conoció que 11 diputados habían sido asesinados con tiros de gracia por parte de los guerrilleros de las Farc. López, quien fue el único sobreviviente al estar aislado del grupo, recuperó su libertad en 2009 por temas humanitarios. (Ver: Fracasó conciliación entre Sigifredo López y la Fiscalía)

Sin embargo, para la Fiscalía General el hecho que López fuera el único sobreviviente era bastante sospechoso. En el proceso en su contra se citaron varios testimonios que aseguraban que el exdiputado había entregado información a la guerrilla y colaboró con los subversivos en el secuestro de sus compañeros. 

Además, recibía un trato preferencial en el campamento e incluso había sido visto caminando en compañía de los guerrilleros durante el secuestro. Con estos testimonios y una serie de pruebas documentales se ordenó medida de aseguramiento en contra del dirigente político. (Ver Fiscalía ordenó la libertad de Sigifredo López

Sin embargo, la defensa del exdiputado demostró que los testigos habían incurrido en falencias de tiempo, modo y lugar frente a los hechos materia de investigación. Por lo que se ordenó archivar el proceso y dejar en libertad al exdiputado del Valle del Cauca.

El mismo entonces vicefiscal General, Jorge Fernando Perdomo le ofreció disculpas en un acto público en octubre de 2012. Sin embargo, el exdiputado consideró que debía existir una responsabilidad administrativa por los daños morales y materiales que sufrió su núcleo familiar. 

Otras determinaciones

En la misma decisión, el Tribunal Administrtivo hizo un llamado de atención a la Fiscalía General para que este tipo de errores no se presenten nunca más. "Para que en futuras actuaciones, tenga presente que debe ser muy cuidadosa en la vinculación de personas a investigaciones penales y medidas privativas de la libertad pues según la magnitud de los delitos y la publicidad que se realice de los hechos investigados pueden afectar derechos como el buen nombre y la honra, y por ende afectar el patrimonio económico".

Por estas razones, ordenó la publicación de la decisión judicial en la página web del ente investigador. Igualmente, debera publicarse esta decisión en un periódico de amplía y reconocida circulación durante dos domingos seguidos, dentro del mes siguiente en la que adquiera ejecución. 

La Sección Tercera exoneró de toda responsabilidad patrimonial y administrativa al Ministerio de Defensa y Policía Nacional. La entidad demandada podrá presentar recurso de apelación en contra de esta decisión la cual deberá ser resuelta por la Sección Tercera del Consejo de Estado. 

Por Redacción Judicial

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