Condenan a la Nación por ataque injustificado de militares contra civiles

En la acción un menor de edad recibió heridas que le ocasionaron la pérdida de su capacidad laboral en un 27.95%.

Redacción Judicial
28 de septiembre de 2015 - 05:38 p. m.

La Sección Tercera del Consejo de Estado condenó a la Nación, representada en el Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional, por el “ataque injustificado” cometido por un grupo de militares en contra de un vehículo que se movilizaba en la madrugada del 18 de junio de 2000 en la vía que conduce del municipio de Fortul a Saravena en el departamento de Arauca.

El alto tribunal declaró la responsabilidad patrimonial de las partes demandadas al pago de una indemnización por los daños morales y materiales causados a un joven que recibió varios impactos de bala sobre su humanidad. Debido a la gravedad de estas heridas perdió el 27.95% de su capacidad laboral lo cual lo afectó gravemente.

En el debate jurídico se manifestó que existen elementos documentales suficientes para inferir que el menor de edad recibió dichas heridas después que el vehículo en el que se movilizaba en la vereda Campo Alto (Arauca) por parte de un grupo de uniformados adscritos al Grupo Mecanizado No. 18 general Rebeiz.

“Estas lesiones produjeron al paciente secuelas que incidieron en su capacidad para laborar. Según el dictamen rendido por la Junta Regional de Invalidez de Arauca, el porcentaje de pérdida de capacidad laboral del demandante fue el 27.95% que se discriminó así; 12.50% por deficiencias (“síndrome doloroso de columna. Lubalgia postraumática con alteraciones clínicas. Pérdida de fuerza muscular”), 5,70% por discapacidad y 15.25% por minusválida”, precisa el documento.

En este sentido se rechazaron los argumentos presentados por las partes demandadas al manifestar que el profesional de la salud que emitió el dictamen contaba con todos los requisitos exigidos por la ley, hecho por el cual se le dio validez al documento presentado en la demanda. “La lesión le generó secuelas que incidirían en la capacidad para trabajar en el futuro, de manera permanente”.

En la demanda se manifiesta que se presentó una falla en el servicio puesto que los miembros del “Ejército Nacional dispararon contra las víctimas, en lugar de haber adoptado las medidas necesarias para evitar la causación de daños a las personas que se desplazaban en la motocicleta y el vehículo sobre la carretera”.

Se agrega además que los medios de los cuales se valieron los soldados para detener a esas personas no eran los adecuados , en particular, por tratarse de una zona rural y haberse producido el hecho en horas de la noche, a oscuras y bajo (la) lluvia”.

Por Redacción Judicial

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