La Sección Tercera del Consejo de Estado le ordenó a la Policía Nacional el pago de una indemnización por daños materiales causados al dueño de una granja piscícola cuyos peces se murieron por la aspersión aérea con glifosato ejecutada por la Institución en abril de 2003 en contra de los cultivos ilícitos.
Señaló la demanda de reparación presentada por el afectado que en su granja ubicada en el predio Las Dos Juntas, municipio de Barbacoas (Nariño) criaba cincuenta mil alevinos de cachama negra y roja. Tras la aspersión todos los peces murieron.
Debido a esto perdió su sustento económico así como su inversión, hecho por el cual pidió el pago de una indemnización por los daños y perjuicios causados por las autoridades.
En el debate jurídico el alto tribunal hizo un fuerte llamado de atención a las autoridades puesto que existe un alto riesgo frente al uso de este tipo de químicos, que pese a ser utilizados en contra de cultivos ilícitos pueden afectar otro tipo de cultivos.
"Si bien es cierto que en algunas zonas de Colombia persisten problemas de orden público, eso no es excusa para que no se inspeccionen los terrenos donde se va a asperjar y así determinar donde están ubicados los cultivos ilícitos”, precisa el fallo.
Resalta además que el glifosato tiene una "potencialidad" de "producir daños ambientales indiscriminados, susceptibles de causar también perjuicios individuales, así como de eventualmente dañar la integridad física de los habitantes del territorio nacional”.