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Condenan a la Nación por masacre de El Billar

El Consejo de Estado determinó que se presentó una falla en el servicio por parte del Ejército Nacional. En la acción fueron asesinados 62 militares, mientras que otros 43 fueron secuestrados.

Redacción Judicial
31 de octubre de 2015 - 07:10 p. m.

La Sección Tercera del Consejo de Estado condenó a la Nación, representada en el Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional, por la muerte de un subteniente en el marco de un enfrentamiento con la guerrilla de las Farc en hechos registrados en la Quebrada El Billar, jurisdicción de Cartagena del Chaira (Caquetá) el 3 de marzo de 1998.

En el ataque perpetrado por el Bloque Sur de las Farc fueron asesinados 62 militares del Batallón 52 adscrito a la Brigada Móvil III, mientras que 43 soldados fueron secuestrados, dos desaparecidos. Solamente 47 sobrevivieron a la agresión que se extendió por horas.

En el debate jurídico se determinó que los integrantes del Batallón no contaban con la experiencia militar contraguerrilla exigida pese a que se encontraban en una zona de riesgo por la expansión y fortalecimiento de grupos armados ilegales, principalmente las Farc. Hecho por el cual se estableció una grave falla en el servicio.

La Sala estudió la orden de operaciones fragmentaria No. 002/ 98 dirigida al comando del Batallón de Contraguerrillas No. 52 en la cual se indicaba que existía información de inteligencia sobre los planes de reagrupación y “continuar efectuando acciones terroristas” contra las tropas que se encontraban en el Medio y Bajo Caguán.

“A través de inteligencia técnica y humana se sabe de la presencia de integrantes de las cuadrillas XIV y XV de las ONT-Farc en un número aproximado de 120 bandoleros por el sector de La Quebrada ‘El Billar’ y de otro grupo sin determinar a la altura de la vereda las camelias. Además de lo anterior es posible el desplazamiento de los soldados secuestrados en el cerro de ‘Patascoy’”, precisaba el documento oficial.

Posteriormente la Decimoquinta Brigada de la Quinta División del Ejército Nacional elaboró un extenso documento denominado ‘Caso Táctico El Billar en el cual se pusieron en evidencia todas las fallas estructurales y sistemáticas que se presentaron y que permitieron el ataque guerrillero.

Se advierte en alguno de los puntos que los uniformados no tenían la experiencia exigida para afrontar ese tipo de situaciones hecho por el cual estaban en una situación de indefensión. “La carga impuesta a este resultó excesiva e ilegal, frente a la magnitud del enfrentamiento guerrillero al que fue sometido”. Tampoco contaban con el armamento necesario y el conocimiento de la zona, la cual tiene una característica topográfica.

Pese a que existían registros de la presencia de grupos armados no se tomaron las medidas de fondo para contrarrestar el eventual enfrentamiento. Además los militares no habían estudiado a su rival, no tenían conocimiento del número de cuadrillas guerrilleras que iban a ser enfrentadas ni de su situación estratégica ni operacional, lo que constituye un déficit importante de información de inteligencia que era indispensable.

“Se tiene que la Brigada No. 3 tenía un déficit de material de guerra, circunstancia que fue conocida con anticipación por los altos mandos del Ejército pero que no fue atendida, lo que puso a esta unidad militar en una situación de vulnerabilidad (…) los militares destacados en la zona no tenían armamento suficiente ni contaban con aprovisionamientos alimenticios necesarios para su sobrevivencia”, señala el fallo.

En este sentido se manifiesta que la Brigada Móvil No.3 “afrontó una precaria información de inteligencia, pues no tenía conocimiento del número de cuadrillas guerrillas que iban a ser enfrentadas ni de su situación estratégica ni operacional, lo que constituye un déficit importante de información de inteligencia que era indispensable para poder planear y ejecutar cuidadosamente las misiones que debían ser cumplidas”.

Se estableció además que las tropas fueron enviadas sin tener en cuenta las condiciones de los blancos militares, lo que condujo a un caos y desorden en la formulación de las órdenes de operaciones. “El Ejército Nacional incurrió en una serie de graves fallas tácticas y operacionales que conllevaron a que los integrantes del Batallón No.52 estuvieran a merced del grupo subversivo.

Además, en el informe se puso de presente las deficiencias de la contrainteligencia de la unidad militar, pues el grupo subversivo conoció la situación estratégica de la tropa a través de la infiltración de un guerrillero en las unidades militares, lo que le permitió percatarse de los procedimientos de abastecimiento, la ubicación de las bases de patrullaje y las estrategias táctico-militares.

Finalmente se advierte que no recibieron apoyo aéreo. Para el Consejo de Estado “resultó de suma importancia” el hecho que el Batallón Contraguerrilla solamente tenía la mitad de sus miembros, “lo que de entrada implicó una gran inferioridad respecto de la cantidad de personal que contaba la guerrilla”. La Sala determinó la responsabilidad patrimonial de las entidades demandadas en esta clara falla en el servicio.

Por Redacción Judicial

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