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Condenan a la Nación por muerte de joven indígena embarazada

Los hechos se presentaron en marzo de 1995.

El Espectador
13 de diciembre de 2012 - 11:30 a. m.

El Consejo de Estado condenó a la Nación al pago de 806 millones de pesos a los familiares de una joven indígena que se encontraba en estado de embarazo quien murió en el marco de los combates entre el Ejército y las Farc en la vereda Puerto Fuerte del municipio de Tierralta, Córdoba, en marzo de 1995.

El alto tribunal argumentó que los familiares de la víctima presentaron una denuncia ante las autoridades, sin embargo esta acción no quedó consignada en un acta o registro civil, por lo que la Fiscalía se abstuvo, por razones de seguridad, de practicar la diligencia de levantamiento del cadáver.

“No podía exigirse a los demandantes la presentación de tal documento como prueba ineludible de la existencia del daño, pues es fácil suponer que la autorización judicial del registro de defunción de una persona que se presume ha muerto en condiciones violentas requiere del acta de levantamiento respectiva”, precisa uno de los apartes de la decisión.

Ante esto, el tribunal de lo contencioso administrativo rechazó los argumentos esgrimidos en el fallo de segunda instancia en la que se aseguró que no existían registros oficiales de la muerte de la joven indígena.

Para el Consejo de Estado existen otros elementos de prueba diferentes al registro civil de defunción como ocurre en este caso con las declaraciones de algunos testigos, el juez está en la obligación de tenerlos en cuenta y valorarlos antes de tomar una decisión de fondo.

“Si existen otros elementos probatorios que acrediten plenamente el hecho del fallecimiento,
el juez no puede simplemente ignorar su existencia, pues ello no sólo afectaría el derecho al debido proceso de los demandantes por falta de valoración de la prueba, sino que, además, transgrediría el principio de buena fe y el mandato constitucional que ordena asegurar la prevalencia del derecho sustancial sobre el derecho formal”, puntualiza el fallo.

El alto tribunal le pide a la Registraduría Nacional del Estado Civil que proceda a inscribir la muerte de la joven en el correspondiente registro.
 

Por El Espectador

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