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Condenan a la Nación por toma de las Farc al municipio de Dolores, Tolima

El Consejo de Estado ordenó al Director General de la Policía pedir perdón por la muerte de un agente durante la toma.

El Espectador
29 de mayo de 2014 - 10:07 p. m.

La Sección Tercera del Consejo de Estado condenó a la Nación, representada en el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional, por la toma de la guerrilla de las Farc al municipio de Dolores, Tolima, registrada los días 16 y 17 de noviembre de 1999.

Durante el ataque guerrillero resultó muerto el agente de policía José Farid Arciniegas Gómez. En ese sentido, se consideró que las autoridades nacionales fallaron en su labor de inteligencia para conocer que se estaba fraguando un ataque subversivo de “semejantes proporciones, como era su obligación”, afectando así a la población civil y a los policías encargados de protegerla.

“Por el incumplimiento en la planeación, organización, seguimiento y despliegue de la fuerza policial, especialmente en zonas donde el conflicto armado tenia las más complejas, serias y graves circunstancias recordando la aplicación de ius in bellum, según el cual lo último a lo que debe responder el Estado es a ‘atenuar en la medida de lo posible el sufrimiento causado a las víctimas de las hostilidades”, precisa uno de los apartes de la sentencia.

Pese a que eran conocidos la considerable presencia de las Farc y otros grupos armados ilegales en dicha zona y los ataques que se habían presentado con anterioridad en municipios aledaños, no se tomaron las acciones correspondientes para idear un plan de choque y aumentar la seguridad.

“El ataque simultáneo a varias poblaciones que se presenta por la entidad demandada como la circunstancia que impidió un efectivo apoyo del avión fantasma denota la falta de coordinación por parte del comando departamental de policía, pues un ataque de esas dimensiones en las que participan más de cinco centenares de integrantes del grupo armado ilegal, no se plantea en un periodo corto y tiene una dimensión tal, que pone al descubierto la ineficiencia de la policía en funciones de inteligencia y prevención”.

El tribunal de lo contencioso administrativo consideró que se presentó una falla en el servicio por omisión puesto que no se les prestó ayuda a los agentes de la Policía tras dar anuncio del ataque que se estaba presentando en el municipio.

En el debate jurídico se rechazaron los argumentos esgrimidos por las instituciones demandadas que indicaron que en esa fecha se presentaron ataques simultáneos en los municipios tolimenses de Prado, Hidroprado, Villarrica, La Arada y Dolores, “provenientes de la zona de distención”.

Igualmente, en la sentencia se le pide al Director General de la Policía Nacional y el Director del Departamento de Policía del Tolima realizar un acto público de perdón y la instalación de una placa en el edificio de la institución en el departamento en reconocimiento de la memoria de José Farid Arciniegas Gómez, “quien dio su vida y fue asesinado vilmente por defender las instituciones, el mantenimiento de la identidad territorial, asegurar la convivencia pacífica y la vigencia del orden justo”.

Así mismo, el Consejo de Estado pide a la Procuraduría y a la Fiscalía que investiguen ya sea disciplinaria o penalmente “a los miembros de las entidades demandadas para la época de los hechos” y se remita el presente fallo al Centro de Memoria Histórica y se publique en las páginas web de la Policía y el Ministerio de Defensa.

Por Secretaría se remitirá la providencia para que revise si hay necesidad de abrir investigación contra la organización insurgente de las Farc y los miembros de los frentes 21 o 25 que hayan participado intelectual o materialmente en la violación de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario. 

Por El Espectador

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