La Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que los congresistas sí pueden declararse impedidos en los debates y votaciones de actos legislativos.
El alto tribunal consideró que esta opción se podrá tomar siempre y cuando se argumenten conflictos de intereses por parte de los senadores y representantes a la Cámara.
En estos casos, advierte la Corte, los parlamentarios tienen que presentar casos puntuales determinados por el Consejo de Estado como reformas constitucionales.
Esta decisión se tomó después de que la Corporación declarara inexequible el acto legislativo 01 de 2011.
En este caso la Procuraduría había presentado un concepto en el cual le solicitaba a la Corte declararse inhibida de emitir alguna decisión puesto que consideraba que la demanda había estado mal planteada.