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Consejo de Estado canceló permiso para recolectar primates para investigación contra la malaria

El alto tribunal le puso punto final al convenio otorgado a la Fundación dirigida por Manuel Elkin Patarroyo.

El Espectador
29 de noviembre de 2013 - 01:09 p. m.

Al resolver una acción popular,  la Sección Tercera del Consejo de Estado canceló el permiso que permitía cazar y recolectar primate de la especie Aotus vociferans utilizados en la investigación que se adelanta contra la malaria.

El alto tribunal determinó la protección de los derechos colectivos a la moralidad administrativa y derechos de las especies animales y vegetales, anulando así las resoluciones expedidas por el Inderena y Corpoamazonía otorgadas a la Fundación Instituto de Inmunología, Fidic, cuyo representante es el científico Manuel Elkin Patarroyo.

En el fallo se señala que al avalar este permiso se puso en riesgo la vida de la especie de primates cuyo hábitat es el trapecio amanzonico, poniendo en riesgo además el ecosistema y a las otras especies.

El Consejo de Estado aceptó los argumentos esgrimidos por un grupo de ambientalistas que consideraron que la extracción de los primates de su hábitat y la posterior repoblación con primates de la especie Aotus Spp provenientes de países como Perú y Brasil afectó gravemente el ecosistema.

En este sentido indicó que las nuevas especies amenazó el ecosistema puesto que los nuevos primates eran violentos y desplazaron a los nativos, lo que ocasionó una extinción parcial de dichos animales.

Por tal razón, el Alto Tribunal conminó a las entidades públicas a que regulen la tasa de repoblación, conforme lo establece la ley. Para ello, se dispuso la creación de un comité de verificación que garantice el cumplimiento de la sentencia.

La Sala precisó que con la decisión no se atenta contra la investigación científica del país, sino que, para el uso y aprovechamiento de los animales por parte del ser humano, es preciso que se cumplan los requisitos legales y se garantice que no se les someterá a un trato cruel y degradante.

Como fundamento de la decisión, la Sala realizó un estudio minucioso de la normativa interna y el derecho internacional, que permite explicar y justificar por qué los animales son sujetos titulares de ciertos derechos.

"Al igual que hoy no es permitida la esclavitud, el racismo, las olimpiadas en el imponente Coliseo Romano, etc., tampoco se permita someter a los animales, seres con sistemas nerviosos altamente desarrollados, similares en muchos eventos al de los humanos, a espectáculos en los que el hombre satisface sus necesidades más primarias, al ver y disfrutar con el sufrimiento y sacrificio de seres animados capaces de experimentar placer, sufrimiento y lealtad”, precis uno de los apartes de la sentencia en la cual se manifiesta que es necesario que la humanidad cambie de paradigma en su versión con los animales. 

Aunque recientemente se sancionó la Ley que prohibió el uso de animales silvestres en circos fijos e itinerantes (Ley 1638 de 2013), la decisión afirma que es incongruente que se prohíban las peleas de perros y el uso de animales en actividades circenses, pero se avale el maltrato a otros en diferentes escenarios.

Teniendo en cuenta que existen personas que trabajan en ese tipo de espectáculos, la Corporación señaló que es prioritario que el Estado les brinde soluciones laborales alternativas para evitar que se siga discriminando a los animales en atención al tipo de actividad en el que participan.
 

Por El Espectador

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