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Consejo de Estado llama la atención por actos violencia contra la mujer por parte de la Fuerza Pública

Esto tras la condena emitida contra el Ejército Nacional por el abuso sexual que sufrió una joven por parte de dos militares en septiembre de 1999.

El Espectador
06 de marzo de 2015 - 05:30 p. m.

Un fuerte llamado de atención le hizo el Consejo de Estado al Ministerio de Defensa, la Policía Nacional y la Fiscalía General de la Nación con el fin de evitar cualquier tipo de violencia en contra de las mujeres, así como utilizar todos los mecanismos necesarios para investigar y sancionar penalmente a los responsables de estas conductas.

El alto tribunal recordó que el Estado tiene la obligación de proteger a las personas de los actos criminales que puedan cometer sus propios agentes u otros individuos. Haciendo énfasis que se debe prevenir cualquier tipo de acción violenta o discriminatoria en contra de la mujer.

“Aunque la violencia sexual ejercida por algunos miembros de la Fuerza Pública debe interpretarse como un fenómeno atribuible a agentes individualmente considerados y no como una práctica general de la institución, es innegable que los altos índices de participación de miembros de esa institución en tales hechos evidencian una situación que, cuando menos, debía alentar a la entidad a adoptar las medidas de prevención necesarias para evitar su ocurrencia”, indica la sentencia.

Este pronunciamiento se hizo tras condenar a la Nación, representada en el Ejército Nacional, por la violación de una mujer por parte de dos soldados en hechos registrados en septiembre de 1999 en zona rural del municipio de Tame (Arauca). Esa noche habían ingerido licor y conducían un vehículo destinado a la estación de policía municipal.

La Sala señala que la agresión a esta mujer hace parte de un contexto general de violencia contra la mujer en el marco del conflicto armado interno, pues para la época de los hechos, la violencia sexual en medio de la guerra era un fenómeno extendido y sistemático, en el cual participaban, aunque en menor escala, miembros de la Fuerza Pública.

“El crimen cometido tenía un propósito múltiple: no solo pretendía la satisfacción de la lascivia de los agresores, sino que, además buscaba el desprestigio del enemigo, mediante la imputación falsa de una conducta criminal específica para lograr sobre él una ventaja militar. Este tipo de acciones son típicas de la guerra y, en la medida en que implican la utilización de la población civil para fines estrictamente relacionados con el conflicto, comprometen la responsabilidad del Estado”, explica la sentenc

El Ministerio de Defensa tendrá que pagar más de 483 millones de pesos por los daños y perjuicios ocasionados a la víctima y a su familia, y además, tendrá tres meses para diseñar e implementar un programa de capacitación de los miembros del Ejército Nacional que cumplen funciones en el departamento de Arauca, orientado a la amplia difusión y socialización de los derechos de la mujer.

Por estos hechos, un juez de Saravena (Arauca) los condenó a pagar 15 y 12 años de prisión por los delitos de secuestro agravado y acceso carnal violento.

Por El Espectador

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