Consejo de Estado ordenó indemnizar a familiares de desaparecida del Palacio de Justicia

El alto tribunal condenó a la Nación representada en el Ejército y la Policía Nacional.

Redacción Judicial
24 de octubre de 2016 - 05:45 p. m.
Consejo de Estado ordenó indemnizar a familiares de desaparecida del Palacio de Justicia

Por los perjuicios morales y económicos la Nación deberá indemnizar al hijo de Gloria Anzola de Lanao, una de las visitantes ocasionales que fueron registradas como desaparecidas tras la toma del Palacio de Justicia el 6 y 7 de noviembre de 1985. La determinación fue tomada por la Sección Tercera del Consejo de Estado.

El alto tribunal condenó a la Policía y al Ejército Nacional por el “manejo irregular” que se presentó en el manejo de los rehenes que eran trasladados desde la edificación judicial a la casa del florero. Se advierte que una vez llegaban eran separados e interrogados por considerarlos “sospechosos”.

El fallo cita testimonios que indican que en la Casa del Florero un grupo de rehenes fueron sometidos a “tratos inhumanos, entre ellos a Gloria Anzola de Lanao, quien no ha aparecido”. Debido a esto se considera que existe una responsabilidad directa por parte de las entidades demandadas.

El Consejo de Estado citó el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condenó al Estado por los 11 desaparecidos del Palacio de Justicia. El organismo internacional determinó que existió un plan para separar a unas personas señaladas por inteligencia militar de colaborar con el M-19 del plan para tomarse el Palacio.

Anzola, quien era familiar de una magistrada de la Corte Suprema, no harbía podido justificar su presencia en la instalación judicial cuando fue interrogada por los militares en el improvisado centro de operaciones. 

En el fallo emitido en noviembre de 2014 se advierte que “existió un modus operandi tendiente a la desaparición forzada de personas consideradas como sospechosas de participar en la toma o de ser colaboradores del grupo guerrillero M-19. Concluyó que esas personas eran separadas del resto de rehenes y conducidas a instalaciones militares, donde en algunos casos fueron torturadas y desaparecidas”.

Agrega el organismo internacional que se “encontró demostrado que bajo la dirección de autoridades militares, se alteró la escena de los hechos y se cometieron múltiples irregularidades en el levantamiento de los cadáveres en el Palacio de Justicia”. Debido a esto se ordenó el pago de una indemnización a los familiares de las víctimas reconocidas dentro de la demanda.

La Sala tuvo en cuenta ese fallo y liquidó los perjuicios por lucro cesante que no quedaron incluidos en la sentencia de la Corte Interamericana cuando esta ordenó la indemnización de los daños causados a la familia de la víctima por su desaparición forzada, dinero que tendrá que ser reconocido por el Ministerio de Defensa.
 

Por Redacción Judicial

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