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Consejo de Estado ratificó fallo que anuló reelección de Ordóñez como procurador

El alto tribunal negó los dos solicitudes de aclaración y nulidad presentado por dos particulares. El fallo está en firme desde el pasado lunes a las 5 de la tarde.

Redacción Judicial
21 de septiembre de 2016 - 08:48 p. m.
@PGN_Col
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Por falta de legitimidad de los peticionarios la Sala Plena del Consejo de Estado rechazó los recursos de aclaración, adición e incidente de nulidad presentados en contra del fallo que anuló la reelección de Alejandro Ordóñez Maldonado como procurador general. En la sala extraordinaria celebrada en la tarde de este miércoles se consideró que las acciones presentadas por tres particulares tenían fallas de fondo y de forma. 

En la decisión se considera que los accionantes no hacen parte de los sujetos procesales que hicieron parte de la demanda presentada en contra de la elección de Ordóñez Maldonado. Resaltando así que los abogados Javier Suárez Pascagaza, director de la Fundación Marido y Mujer, y Juan Carlos Ramírez Ruiz no representan formalmente al demandado.

"Ni el ciudadano, ni la Fundación (Marido y Mujer) que dice representar son parte, coadyuvante o impugnador en el proceso de la referencia, siendo estos los únicos sujetos procesales legitimados para solicitar aclaración o adición de la sentencia o interponer incidente de nulidad dentro de una causa electoral”, precisa. (Ver Los detalles del fallo que anuló la reelección de Alejandro Ordóñez)

En los recursos presentados por los abogados se manifiesta que existieron fallas en el proceso de notificación del fallo. Además que existió un trasfondo político de la decisión que avaló la nulidad de la elección del abogado santandereano. En su concepto se debía subsanar la irregularidad frente al hecho que la Corte Suprema no fue reconocida en el proceso. 

El fallo que anuló la reelección del Procurador General quedó ejecutoriado formalmente el pasado lunes a las 5 de la tarde. Alejandro Ordóñez, quien se encuentra en Estados Unidos, ha manifestado que ni su abogado ni él han sido notificados por el Consejo de Estado de la decisión tomada el pasado 7 de septiembre. (Ver El Gobierno presionó mi salida de la Procuraduría: Alejandro Ordóñez)

Para el máximo tribunal de lo contencioso administrativo no podía ternar a Ordóñez Maldonado al cargo de Procurador General puesto que varios de los magistrados tenían familiares cercanos trabajando en el Ministerio Público. En este sentido se señaló que con esta postulación se vulneró el artículo 126 de la Constitución Política.

El artículo consagra una prohibición que acarrea la nulidad del acto de elección, nombramiento o postulación de un funcionario que hubiera designado a sus electores, postulantes o familiares cercanos, en cargo que le corresponde proveer. Es decir, se cumplió el “yo te nombro, tú me postulas”.

En el debate jurídico se manifestó que el Procurador General hizo estos nombramientos durante su primer período con el fin de beneficiarse directamente ante sus aspiraciones reeleccionistas. Para el Consejo de Estado la Corte Suprema no podía postular a Ordóñez.

El Procurador General presentó su carta de renuncia al cargo el pasado martes 13 de septiembre. Sin embargo, este miércoles por falta de quorum el tema no fue debatido en el Senado de la República. (Ver Una semana después de destituido, Alejandro Ordóñez renuncia a la Procuraduría)

 

Por Redacción Judicial

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