Por improcedente el Consejo de Estado rechazó una demanda presentada en contra de la decisión de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de ternar a Jorge Fernando Perdomo como su candidato a la Procuraduría General de la Nación. El alto tribunal consideró que por el momento no se ha tomado una decisión de fondo frente al nombramiento del nuevo jefe del Ministerio Público por lo que no se puede hacer referencia de fondo en este caso.
La Sección Quinta manifestó que por el momento la Plenaría del Senado de la República no ha elegido al Procurador General, hecho por el cual mal se haría hacer un pronunciamiento frente a una postulación a un cargo. En este sentido se manifiesta que una vez se conozca el nombre del nuevo jefe del órgano de control disciplinario se podrán presentar este tipo de acciones judiciales.
“El acto que aquí se pretende demandar no contiene nombramiento o elección en cargo público alguno”, precisa uno de los apartes de la decisión. En este punto se aclara que la decisión de la Corte Suprema escapa del “control judicial puesto que el mismo podrá serlo precisamente cuando se adopte el acto definitivo”.
La magistrada ponente advirtió que no se puede presentar una demanda en contra de una postulación puesto que esto es un acto transitorio frente a cualquier proceso de elección en el país. Debido a esto señala que la demanda en contra de la elección puesto que esta no se ha dado.
El demandante manifestaba la necesidad que la Corte Suprema de Justicia nombrara a un nuevo candidato puesto que Perdomo estaría inhabilitado para ocupar el cargo. Esto porque salió de la Fiscalía General hace cuatro meses, recordando que la ley exige un período de un año para ocupar un nuevo cargo público.
Cuando se realice la elección –resalta la decisión- se podrá presentar la demanda puesto que se registra “el escenario judicial idóneo para verificar la legalidad de todo el proceso, que incluye los actos de trámite y preparatorios, como lo ha sostenido la Sección Quinta del Consejo de Estado”.