Consejo de Estado rechazó demanda que restringía uso de pistolas eléctricas por la Policía

El alto tribunal le devolvió la acción al personero de Bogotá, Ricardo Cañón para que realice las correcciones necesarias.

Redacción Judicial
18 de junio de 2015 - 03:00 p. m.
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Al considerar que la demanda no cumple con los requisitos exigidos, la Sección Primera del Consejo de Estado inadmitió la acción que pretendía restringir el uso de las pistolas de descarga eléctrica (tipo Taser) por parte de los agentes de la Policía Nacional.

El alto tribunal le regresó la demanda al accionante para que corrija estas irregularidades. “Toda demanda debe incluir copia del acto acusado, con las constancias de su publicación, notificación, comunicación y/o ejecución”.

El tribunal de lo contencioso administrativo consideró que no se aportó la constancia, notificación o ejecución de la publicación del acto demandado. La demanda fue presentada por el personero de Bogotá, Ricardo Cañón Prieto contra la resolución 02686 del 31 de julio de 2012.

En la misma se considera el uso de estas pistolas como un método de tortura considerando que viola la Constitución y la ley que restringe las acciones dirigidas a causar dolores y afectaciones físicas a las personas.

Ante esto se pide que se restrinja su uso puesto que afectan la integridad de las personas en el marco de operativos policial de captura o detención de sospechas, o para salvaguardar el orden público.
 

Por Redacción Judicial

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