Consejo de Estado suspendió provisionalmente la celebración del Tedeum del 20 de Julio

El alto tribunal estudia una acción de nulidad presentada por un abogado que argumenta que se debe respetar la libertad de cultos que establece la Constitución Política.

Redacción Judicial
08 de septiembre de 2016 - 04:29 p. m.
Presidencia de la República
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La Sección Primera del Consejo de Estado dictó medidas cautelares y suspendió provisionalmente la celebración del Tedeum, una conmemoración católica que se celebra todos los 20 de julio en el marco de las actividades del “grito de independencia”.

El alto tribunal tomó esta decisión mientras se estudia una acción de nulidad presentada por el abogado Miguel Ángel Garcés Villamil que considera que se está vulnerando el principio de Estado laico reconocido en la Constitución Política.

El jurista aseguró que el decreto 770 de 1982, que establece el reglamento de protocolo y ceremonial del Presidente de la República, se emitió en el momento en el que la Constitución establecía la “Región Católica, Apostólica, Roma” como la religión de la Nación.

Situación que cambió con la carta política expedida en 1991, la cual también protege la libertad de cultos. La magistrada ponente aceptó los argumentos presentados por el demandante, hecho por el cual se suspende indefinidamente la ceremonia.

En la decisión judicial, dada a conocer en las últimas horas, se señala que con la celebración de la liturgia católica como acto oficial por parte del Presidente de la República, persiste en un modelo confesional proscrito en la Constitución de 1991 y se identifica al Estado con una religión concreta.

Se precisa que el presidente de la República debe representar y simbolizar “el pluralismo y la convivencia igualitaria y libre de las distintas creencias, por lo que su participación en la celebración de una liturgia de la Iglesia Católica, en calidad de Jefe de Estado, resulta contraria al principio de neutralidad en materia religiosa".

El desconocimiento de los principios del Estado laico y el pluralismo religioso llevaron a que se tomará la decisión de dictar las medidas cautelares. “Deber de neutralidad e igualdad de todas las confesiones ante la ley, sin que se vislumbre que el trato preferencial a la Iglesia Católica aparezca justificado en los criterios a que se han hecho alusión”.

El Tedemun es una celebración católica que tiene como finalidad “dar gracias a Dios por los beneficios concedidos a los fieles” se realiza en la Catedral Primada de Bogotá.
 

Por Redacción Judicial

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