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Contralora General sí puede adelantar investigaciones fiscales a magistrados

Así quedó establecido al declarar la nulidad de la demanda interpuesta en contra de un concepto emitido por el Consejo de Estado.

El Espectador
29 de octubre de 2013 - 09:38 a. m.
Contralora General sí puede adelantar investigaciones fiscales a magistrados

La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia resolvió un conflicto de competencias administrativas interpuesto por la Sala de Consultas del Consejo de Estado sobre las facultades de la Contraloría General para investigar fiscalmente a los magistrados de altas cortes. (Ver Contraloría General presentará recurso de aclaración ante la Corte Suprema)

El alto tribunal, consideró que la jefe del ente de control fiscal tiene la competencia para adelantar este tipo de investigaciones en contra de los aforados, sin embargo la Corte Suprema no tomó ninguna decisión de fondo.

La Sala Plena resolvió el recurso de suplica presentado en contra de la decisión de la Sala Penal que ya había rechazado los argumentos esgrimidos que buscaba declarar la nulidad de este proceso. (Ver Contraloría investigará a magistrados por el carrusel de las pensiones)

El pasado 16 de abril, la Sala de Consulta del Consejo de Estado determinó que la Contraloría General si puede investigar a los magistrados de las altas cortes en el llamado proceso por el carrusel de las pensiones.

El Consejo de Estado falló a favor de la contralora general de la República, Sandra Morelli, contrariando el fallo de los conjueces del Consejo Superior de la Judicatura, que le quitó la competencia para investigar a magistrados.

En este concepto, el alto tribunal consideró que las investigaciones a magistrados por irregularidades en el pago de pensiones son de naturaleza administrativa, que le competen al organismo de control fiscal.

En el fallo de obligatorio cumplimiento se indica que la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes tiene que entregarle nuevamente los procesos a la Contralora General.

La Contraloría venía investigando a los magistrados de la sala disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, Angelino Lizcano, Julia Emma Garzón, Henry Villarraga y Pedro Alonso Sanabria por su presunta participación en el detrimento patrimonial con el nombramiento irregular de magistrados auxiliares con el fin de aumentar su pensión.

“En este momento la señora contralora tiene el deber jurídico, no es si quiere, de seguir adelante con las investigaciones y concluirlas. Como son competencias administrativas una vez finalizado el control fiscal las decisiones por orden constitucional tienen control judicial ante lo contencioso administrativo”, aclaró el presidente del Consejo de Estado, Gustavo Gómez Aranguren.

En tal sentido, el magistrado también aclaró que respecto al fallo proferido por la sala de conjueces que en su oportunidad determinó negar la competencia para que la contralora Sandra Morelli continuará adelantando este tipo de investigaciones, carecía de legitimidad porque sus funciones eran eminentemente judiciales.

“El Consejo Superior de la Judicatura está instituido en este rubro para definir conflictos de competencia entre autoridades jurisdiccionales, no entre entidades de tipo administrativo, de manera que esa decisión está ahí pero abarca objetos que son ajenos a la competencia”, agregó el magistrado.

Por tal motivo, la contralora no solo podrá sino que deberá retomar los procesos adelantados contra los cuatro magistrados que al parecer designaron a una serie de magistrados auxiliares u otros funcionarios con el fin de que resultaran beneficiados por millonarias pensiones.

En este sentido, el magistrado Gómez, señaló que esta decisión sienta un precedente la posibilidad para que la Contraloría investigue libremente a los alcaldes, ministros, gobernadores, jefes de departamento.

Por El Espectador

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