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Contraloría vs. Ibarra

El magistrado Fredy Ibarra Martínez enfrenta denuncias por no declararse impedido en una acción popular en contra del Grupo Nule. Caracol Radio dio a conocer los pormenores del caso.

Redacción Judicial
07 de marzo de 2011 - 11:20 p. m.

Decisiones contrarias y cuestionables tienen hoy al magistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca Fredy Ibarra Martínez en la mira de la Contraloría General, que lo denunció penal y disciplinariamente al considerar que no actuó con transparencia en el trámite de la acción popular que interpuso la entidad en contra del Grupo Nule. Ahora, el magistrado tendrá que buscar quién lo defienda.

La polémica entre el magistrado y el órgano de control se desató desde el momento en que Ibarra admitió una acción popular contra el Grupo Nule (13 de diciembre), pero rechazó la solicitud de la Contraloría de embargar sus bienes. Su argumento: que supuestamente no existen pruebas que acrediten la titularidad de los bienes y que, además, la Contraloría tiene facultades para ordenar el embargo.

Sin embargo, dos meses después, durante el trámite de la acción popular, el magistrado Ibarra se declaró impedido para continuar con el caso, argumentando que un sobrino trabaja con Conalvías, la firma a la que el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) le entregó la construcción de la fase troncal de Transmilenio de la calle 26, luego de quitársela a los Nule por sus incumplimientos en el desarrollo de la obra.

Pero al parecer, según lo documentó la Contraloría, y por eso solicitó a la Fiscalía que intervenga, el motivo de Ibarra era otro. Su esposa, la abogada Olga Patricia Chaves Agreda, fue contratista del IDU entre 2008 y 2009, y fue esa la entidad que adjudicó los contratos al Grupo Nule. En otras palabras, el magistrado Ibarra presuntamente sí tenía un impedimento legal, pero no es claro si lo expuso en su debido momento, es decir, al conocer la demanda.

En su denuncia ante la fiscal Viviane Morales, la Contraloría observó que “la doctora Olga Patricia Chaves Agreda ha prestado sus servicios al Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) en los años 2009 mediante contrato de prestación de servicios 937-2009 y 2008 mediante contrato de prestación de servicios 830-2008, desconociéndose si a la fecha tiene vínculo con dicha entidad, situación que solicito sea investigada”. Además reiteró que lo que debe indagarse es que en el impedimento posterior que presentó el magistrado Ibarra Martínez no mencionó esta situación.

Y existe un detalle adicional: la abogada Chaves Agreda también laboró como asesora jurídica de la Contraloría Distrital, al menos, hasta 2007, como aparece relacionada en documentos de auditoría de diferentes entidades públicas. En su denuncia, la Contraloría lamentó que debido al rechazo del embargo, los demandados conocieron el conjunto de bienes que mediante “una labor ardua había logrado identificar la entidad y que quería que fungieran como garantía de cara al eventual resarcimiento del patrimonio público”.

Empresas sin medida cautelar

El Tribunal Administrativo negó el embargo de las siguientes empresas  conformadas con sociedades del Grupo Empresarial Nule: MNV S.A. (en liquidación judicial), Gas Kapital Gr S.A., Kapital Energy S.A., Enertolima Inversiones S.A., E.S.P., Empresa de Energía de Pereira S.A., Bitácoras Soluciones Compañía Ltda. (en liquidación),  Concesión Autopista Bogotá-Girardot S.A., Ponce de León y Asociados, Ingenieros Consultores (en liquidación judicial), Aguas Kapital Bogotá, Aguas Kapital Macondo, Aguas Magdalena, Aguas Kapital Cúcuta S.A., Aguas Alto Magdalena, Aguas de los Patios S.A.

Ponencia del magistrado Ibarra

Por Redacción Judicial

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