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Corte amplió ámbito de protección para las víctimas del conflicto armado

El alto tribunal consideró que las garantías consagradas en dicha Ley deben ser entregados de manera inmediata.

El Espectador
11 de julio de 2013 - 05:30 p. m.

La Sala Plena de la Corte Constitucional amplió el ámbito de protección a las víctimas del conflicto armado en Colombia tras declarar exequibles e inexequibles algunas de las normas establecidas en la denominada Ley de Víctimas.

En la decisión, la Corporación indicó que el concepto de “víctima” debe ser interpretado en un sentido amplio que incluye toda la complejidad y evolución fáctica e histórica del conflicto, es decir, bajo la noción de victimario están comprendidos todos los grupos al margen de la ley.

El alto tribunal consideró que las garantías consagradas en dicha Ley a favor de las víctimas deben ser entregadas de manera inmediata, explicando que deben ser ampliadas de manera progresiva y gradual en su cobertura.

En el debate, la Corporación determinó que la participación de las víctimas en los procesos judiciales no está restringida a la búsqueda de una reparación económica, sino que comprende la garantía de sus derechos a la verdad, la justicia y la adopción de medidas asistenciales.

Así mismo, cuando el testigo dentro del proceso sea la propia víctima, un niño o una niña, un adolescente, un adulto mayor o una víctima de violencia sexual, el juez tiene la obligación de garantizar al declarante condiciones adecuadas de cuidado, seguridad y bienestar físico y sicológico.

La decisión judicial se tomó al revisar la expresión “(…) reparación integral a las víctimas del conflicto armado (…)” contenida en la Ley 1448 de 2011.
 

Por El Espectador

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