Corte avaló norma que permite visas a integrantes extranjeros de las Farc

Dentro de la decisión, la Corte Constitucional consideró que la esposa del guerrillero extranjero y los hijos menores de 25 años pueden obtener el beneficio.

Redacción Judicial
20 de julio de 2017 - 12:45 a. m.
La visa puede ser cancelada si algún integrante extranjero del grupo subversivo incurre en algún delito. / El Espectador/ Archivo.
La visa puede ser cancelada si algún integrante extranjero del grupo subversivo incurre en algún delito. / El Espectador/ Archivo.

La Sala Plena de la Corte Constitucional avaló el Decreto Ley 831 de 2017, por medio del cual se permite que con visas indefinidas hasta que se concrete el acuerdo de paz, los integrantes de las Farc extranjeros puedan trabajar en Colombia.

Sin embargo, la visa puede ser cancelada si algún integrante extranjero del grupo subversivo incurre en algún delito.

El documento firmado por la magistrada Cristina Pardo fue presentado ante la Sala Plena de la Corte Constitucional quien definió darle vía libre a la norma contemplada tras la firma del acuerdo final de paz.

El Decreto dice que las visas de residencia especial deberán ser entregadas a los guerrilleros que hayan sido avalados por el Secretariado de las Farc, cuya lista le fue enviada en meses anteriores a la Oficina del Alto Comisionado de Paz.

 (Ver: Decreto "Tanja": habrá visa de residentes para extranjeros miembros de las Farc)

Los magistrados decidieron que el documento cumple con los requisitos de conexidad con el acuerdo de paz firmado entre el Gobierno y las Farc.

No obstante, en el debate jurídico se deberá tener en cuenta, el concepto enviado por la Procuraduría General. En el documento, presentado el pasado 29 de junio, se indica que el mismo no cumple con la finalidad de conexidad del acuerdo de paz firmado puesto que establece una serie de beneficios que no fueron discutidos por lo que pidió que sea declarado inexequible.

(Lea también: Ponencia pide avalar decreto que otorga visas a extranjeros que pertenecen a las Farc​)

No se realiza un acápite donde se trata con especificad el tema de los extranjeros excombatientes pertenecientes a las Farc-EP”, precisa uno de los apartes del concepto firmado por el procurador General, Fernando Carrillo Flórez.

En el mismo se hace mención al hecho que en el acuerdo no se presentó la necesidad de “regular la pertenencia” de dicho grupo a extranjeros en el territorio colombiano.

Por Redacción Judicial

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar