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Corte Constitucional aprueba el plebiscito para la paz

Después de un intenso debate jurídico, el alto tribunal le dio el respaldo oficial a la propuesta del Gobierno para que el plebiscito sea la manera en que se refrendará el acuerdo final de paz.

Redacción Judicial
19 de julio de 2016 - 12:00 a. m.
María Victoria Calle, presidente de la Corte Constitucional, y Luis Ernesto Vargas, magistrado ponente del expediente. / Cristian Garavito
María Victoria Calle, presidente de la Corte Constitucional, y Luis Ernesto Vargas, magistrado ponente del expediente. / Cristian Garavito

Más de ocho horas de debate a puerta cerrada se tomaron los nueve magistrados de la Corte Constitucional para decidir la manera en que se refrendará el Acuerdo Final que se logre en La Habana. Lo importante de esta decisión es que, para que gane el sí, se necesitan cuatro millones y medio de votos. Es decir, el alto tribunal aprueba el 13% del umbral que se había propuesto en el proyecto de ley aprobado por el Congreso el año pasado. Además, el presidente Juan Manuel Santos tendrá que actuar de acuerdo a los resultados de la votación para refrendar el acuerdo. En términos jurídicos, esto significa que se trata de un plebiscito vinculante pero que solo tendrá que respetar el presidente.  (Lea aquí: Lo que usted debe saber sobre el plebiscito para la paz)

Se trata de un condicionamiento al artículo tercero del proyecto de ley en el que se establece que los resultados del plebiscito serán vinculantes solamente para el presidente. De ganar el sí, el mandatario podría vincular el Acuerdo Final a la Constitución. Pero si los resultados son negativos -si llegara a ganar el no- ni el presidente, ni ningún ente gubernamental, podría adicionar el acuerdo mendiate un proyecto de ley o un acto legislativo.

La presidenta de la Corte, María Victoria Calle, explicó que la decisión de que el alcance del plebiscito solo sea vinculante para el presidente responde a que lo que se está poniendo a votación de la ciudadanía es una medida política que el mismo mandatario ha impulsado. "Esto quiere decir que no vincula a otros poderes porque sería imposible", agregó la magistrada Calle. 

Otro de los puntos claves que fue discutido hoy por más de ocho horas fue el tema del umbral. De acuerdo a lo que planteado por la Corte, el 13% del umbral de votación que se había planteado en el proyecto de ley es completamente constitucional pues ningún punto de la Carta Política establece una cifra concreta cuando se trata de un plebiscito. La cifra del 13% del umbral del censo electoral es, para la Corte, "razonable en términos del principio democrático". Según fuentes cercanas al alto tribunal, este punto fue el más reñido a la hora de la votación de la Sala Plena. El resultado, después de varias horas, fue de siete votos contra dos. 

Según explicaron María Victoria Calle, y Luis Ernesto Vargas, el magistrado ponente de este expediente, cada artículo fue sometido a una votación separada y por eso, sus resultados fueron muy variados. El más complicado fue el del umbral, y el más sencillo, aseguraron fuentes de la Corte, fue el que habla sobre la participación de los ciudadanos en las diferentes campañas que desarrollarán por el plebiscito. En total, se registraron siete salvamentos de voto en diferentes puntos de la discusión. 

Dentro del debate jurídico, otro de los puntos que quedó condicionado por el alto tribunal es el que tiene que ver con la participación de funcionarios públicos y partidos políticos. Según lo esablecido por la Corte, en la campaña por el plebiscito no se podrán incorporar contenidos que promueva un partido, movimiento político  o un grupo significativo de ciudadanos. Además, tampoco podrá estar relacionada con la promoción de candidaturas de elección popular. En cuanto a la manera en que los funcionarios públicos podrán participar en diferentes campañas, en la discusión de la Sala Plena se añadieron más de 127 restricciones para este cometido.

Lo que la Corte acaba de resolver es, sin duda alguna, una decisión histórica para el proceso de paz que desde hace más de cinco años se adelanta entre el Gobierno y las Farc en Cuba. De acuerdo con lo planteado en el proyecto de fallo, se trata de un plebiscito especial que sería convocado por el presidente únicamente con el objetivo de consultarle al pueblo si está de acuerdo o no con el Acuerdo Final para el fin del conflicto.

Entre otras cosas, la postura de la Corte plantea que antes de convocar a una votación ciudadana, el país debe conocer todos los detalles del documento en el que se planteen los puntos de ese acuerdo y que además, debe ser traducido tanto para personas en condición de discapacidad, como a idiomas diferentes al español. Lo importante, más allá de estos detalles en la logística que tendrá el plebiscito, es que esta convocatoria no es para votar en contra de la paz, sino que es la manera de conocer si la ciudadanía está de acuerdo con lo que se logre en La Habana.

Mientras se desenreda el embrollo jurídico, las campañas a favor y en contra no se han hecho esperar. En el bando de opositores, por una parte, están el senador Álvaro Uribe, su partido el Centro Democrático, el procurador Alejandro Ordóñez y otros sectores de la derecha quienes han mostrado sus reparos a que el plebiscito sea el mecanismo de refrendación. Uribe ha señalado que hay fallas en el umbral, dice que se genera impunidad, que hay manejo indebido de recursos en publicidad y que se condicionan apoyos económicos a alcaldes y gobernadores, entre otras críticas.

Y el otro bando, el de los partidarios, está encabezado por la exsenadora Piedad Córdoba, junto con las principales fuerzas de izquierda, quienes lanzaron la semana pasada el “Comité por el sí a los acuerdos de paz entre el Gobierno y las Farc”. La iniciativa, que reúne cerca de 50 organizaciones sociales, empezó a trabajar por medio de concentraciones en varias ciudades del país.

Por Redacción Judicial

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