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Corte Constitucional determinó que discriminación por identidad de género no es un agravante

El alto tribunal no aceptó los argumentos presentados por el exfiscal General, Eduardo Montealegre en contra de tres artículos del Código Penal.

El Espectador
18 de mayo de 2016 - 07:21 p. m.
Corte Constitucional determinó que discriminación por identidad de género no es un agravante

La Sala Plena de la Corte Constitucional rechazó la demanda que había presentado el exfiscal General Eduardo Montealegre Lynnet, en agosto del año pasado, en la que buscaba que se modificaran varias normas del Código Penal que, según el exjefe del ente investigaro, permitían actos de discriminación en contra de la comunidad LGBTI.

En la demanda, Montealegre le dijo al alto tribunal que se necesitaba con urgencia que se hablara de violencias motivadas por la orientación sexual y la identidad de de género de las víctimas por parte del agresor. En otras palabras, que la agresión a una persona, solo por el hecho de ser homosexual, debía ser un agravante. Sin embargo, en una votación de seis votos contra tres, la Corte Constitucional rechazó el argumentó de Montealegre y no se modificó ningún punto la ley 599 de 2000, que hace parte del Código Penal.

En agosto del año pasado, cuando el exfiscal Montealegre presentó la demanda, la Fiscalía explicó que entre 2005 y 2015, había recibido 337 investigaciones por homicidios contra personas de la comunidad LGBT, lo que hacia urgente que se mejorara la identificación de estos casos, las dinámicas de violencia en contra de sus miembros.

La urgencia de la Fiscalía en que se declara un agravante en casos de la comunidad LGBT era, además, para que se pudieran adelantar con más velocidad y eficacia los procesos judiciales. Aunque en Colombia existe una ley en contra de la discriminación, aprobada por el Congreso en 2011 y sancionada en 2014, solo se conoce una condena bajo el delito de discriminación.  

Por El Espectador

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