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Corte Constitucional instó al Ministerio de Educación a crear política contra el 'cibermatoneo'

El alto tribunal solicitó que se “formulen y desarrollen una política general que permita la prevención del acoso o matoneo escolar, incluyendo el llamado cibermatoneo”.

Redacción Judicial
16 de diciembre de 2014 - 06:33 p. m.

"Bajo el orden constitucional vigente, toda persona, en especial los menores de edad, tiene derecho a que se le proteja del llamado acoso escolar o matoneo, por ser formas expandidas de atentar contra su honra y su dignidad”. La advertencia la hizo la Corte Constitucional en un reciente fallo en el que instó al Ministerio de Educación y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) para que coordinadamente, “y en el ámbito de sus respectivas funciones”, formulen y desarrollen una política general que permita la prevención, oportuna detección, atención y protección frente al matoneo escolar,

Esto “incluyendo el llamado cibermatoneo”; es decir, el acoso por redes sociales. Lo que, de acuerdo con la Corte, deberán hacer de la mano de todas las entidades territoriales, “de donde irradie hacia los centros de educación, desde la preescolar, para la actualización de todos los manuales de convivencia, siempre en procura de esculpir, desde la niñez, una sólida cultura de paz”.

Así lo hizo el alto tribunal al referirse al caso de un joven de Santander que era constantemente acosado por algunos de sus compañeros quienes, incluso, crearon un grupo en Facebook para hostigarlo con ofensas que incluían “burlarse de él como persona, tratarlo de homosexual, ‘buscarle pareja’, ridiculizarlo diciéndole feo, que huele mal, que es un incapaz, que su mamá es una prostituta, que ha tenido relaciones con un docente para que le pase la materia”. Señalamientos brutales y, lo peor, hechos por menores de edad. El caso llegó a la Corte Constitucional que –pese a no fallar a favor del menor debido a que este ya había sido cambiado de colegio y el hostigamiento había cesado– no dejó pasar la oportunidad para recordar lo que es el cibermatoneo y sus consecuencias.

Además de instar al Mineducación y al ICBF a tomar las medidas ya mencionadas, el alto tribunal instó al colegio del joven para que desarrolle una política para combatir este flagelo “con el fin de evitar que situaciones similares a las que se presentan en este caso vuelvan a suceder en detrimento de los derechos fundamentales de los estudiantes”.

El alto tribunal recordó en su fallo lo que ha dicho el especialista en este tema, Enrique Chaux, quien ha señalado con vehemencia que “la intimidación por Internet puede llegar, literalmente, al mundo entero de manera casi instantánea. Esto puede llevar a que la víctima sienta que la humillación es aún mayor. Además, la información puede distribuirse por muchos canales virtuales simultáneamente, haciendo mucho más difícil frenar la divulgación de los mensajes humillantes”.

Y agregó, citando al mismo Ministerio de Educación, que el cibermatoneo “se ha hecho popular entre niños y jóvenes, quienes creen que pueden usar la red y estos dispositivos anónimamente para molestar a sus compañeros. Lastimosamente no se dan cuenta del daño que hacen: la información se envía de manera muy rápida, y borrarla o detenerla, es tarea imposible. Sus consecuencias pueden ser muy serias, terminando, como se ha visto en Colombia y en otros países, en el suicidio de la víctima”.

Un ejemplo: lo sucedido con el joven Sergio Urrego, quien fue duramente hostigado, en su caso, por las directivas de su colegio y se quitó la vida tirándose desde la terraza de un centro comercial en Bogotá. Su familia, de hecho, se encuentra a la espera de que la Corte Constitucional asuma su caso y se pronuncie al respecto ya que el Consejo de Estado no lo hizo. El mismo gobierno le ha solicitado a la Corte que asuma este caso y se pronuncie de fondo. En una carta enviada al presidente de este alto tribunal, magistrado Luis Ernesto Vargas Silva, el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, indicó que este “examen adicional” constituye una “oportunidad única para la emisión de doctrina constitucional sobre la violación a los derechos fundamentales a parejas del mismo sexo en el sistema escolar”.

Y agregó que “a pesar de que dicha jurisprudencia se elaboró para los casos de daño consumado durante el trámite de la acción de tutela dada la persistencia de violaciones a los derechos fundamentales en situaciones similares, solicito a la honorable Corte un examen adicional, por ejemplo, sobre la vigencia de reglamentos escolares que dan tratamientos especiales y diferenciados a relaciones entre miembros del mismo sexo”.

Por Redacción Judicial

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