Corte Constitucional ordenó pago de salarios atrasados a 106 madres comunitarias

El alto tribunal determinó que el ICBF desconoció los derechos fundamentales de estas mujeres que trabajaron por años en hogares comunitarios sin recibir un reconocimiento por esto.

El Espectador
25 de noviembre de 2016 - 07:57 p. m.
Corte Constitucional ordenó pago de salarios atrasados a 106 madres comunitarias

La Sala Plena de la Corte Constitucional tuteló los derechos a la igualdad, seguridad social, dignidiad humana, mínimo vital y al trabajo a 106 madres comunitarias que por años no tuvieron ningún reconocimiento salarial por parte del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar (ICBF). El alto tribunal ordenó el pago de salarios atrasados a estas mujeres.

Tras resolver una acción de tutela el alto tribunal determinó que durante 26 años estas mujeres no recibieron un reconocimiento de su trabajo en los hogares comunitarios del ICBF. No fue hasta el 31 de enero de 2014 que fueron inscritas al Programa que tuvieron derecho a recibir un salario mensual y aportar para su pensión. 

En este sentido considera que se presentó un "trato discriminatorio de género que se mantuvo por un tiempo considerablemente extenso, pese a la existencia de la garantía constitucional de prohibición de discriminación de género en el trabajo". El fallo resalta que estas mujeres prestaron cumplidamente sus servicios como madres comunitarios. 

No se puede desconocer, advierte la Corte, la obligación inherente en una relación laboral para pagar los aportes al sistema de pensiones. "Resulta válido afirmar que toda persona que se haya vinculado como madre o padre comunitario del Porgrama Hogares Comunitarios del Bienestar  Familiar, se obligó a prestar sus servicios mediante la ejecución personas de actividades de cuidado y atención de niñas y niños beneficiarios de dicho programa".

La Corte rechazó los argumentos presentados por el Instituto en el que buscaba eximir sus responsabilidades. "El ICBF tuvo poder de dirección para condicionar el servicio personal prestado por las accionantes por cuanto fijó dos tipos de jornadas de atención, un de medio tiempo (4 horas) y otra de tiempo completo (8 horas)", (Ver El calvario de las madres comunitarias)

La Corte Constitucional considera que es "inaceptable y altamente reprochable" que las mimas insittuicones del Estado incurran en estos actos de discriminación y desconozcan los derechos fundamentales. Debido a esto dio una serie de órdenes dirigidas para que este tipo de situaciones no se presenten nunca más en el páís. (Ver El abuso con las madres comunitarias)

Por el momento no se ha fijado el monto del pago de los salarios atrasados pero se estima que podría ser superior a los 1.4 billones de pesos. Desde ya el ICBF asegura que la decisión acabará con el presupuesto asignado al Instituto, adviertiendo que si pagan estos sueldos se quedarán sin dinero para desarrollar sus otras funciones. 

 

Por El Espectador

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