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Corte Constitucional ordenó reconocer derechos laborales de 106 madres comunitarias

El alto tribunal determinó que el Estado debe efectuar los pagos atrasados.

Redacción Judicial
31 de agosto de 2016 - 12:01 p. m.
Corte Constitucional ordenó reconocer derechos laborales de 106 madres comunitarias

La Corte Constitucional le ordenó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) tomar todas las medidas necesarias con el fin de hacer efectivo el pago retroactivo del salario a 106 madres comunitarias. La decisión se tomó al resolver una tutela en la que se manifestaba que durante años sus derechos laborales fueron desconocidos. (Lea: El calvario de las madres comunitarias)

Con ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos, los derechos de las madres comunitarias fueron vulnerados y discriminados puesto que durante años no recibieron ningún tipo de incentivo económico o reconocimiento por su labor. En este sentido consideró que este grupo de mujeres merecen una especial protección del Estado.

En la acción de tutela se expuso que durante casi 25 años no recibieron una remuneración económica por ayudar a criar, cuidar y alimentar hijos ajenos. El alto tribunal reconoció los argumentos y tuteló sus derechos, reconociendo que el ICBF debe reconocer los pagos no efectuados por las labores prestadas.

Desde enero de 2014 se le paga mensualmente un salario a las madres comunitarias, antes de esa fecha no existía una obligación para ello. Para la Corte Constitucional a estas mujeres, entre las cuales se encuentran muchas de la tercera edad, se les debe entregar las mesadas y reconocer una pensión.

En el fallo no se establece la cifra exacta que se deberá cancelar pero según los demandantes la misma ascendería a 1.2 billones de pesos. En contra de esta decisión se pueden presentar los recursos de nulidad y revisión. 

Por Redacción Judicial

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