Corte Constitucional revivió revocatoria del mandato de Gustavo Petro

El alto tribunal aceptó la tutela en la cual se le ordena a la Registraduría Nacional convocar en un plazo de 60 días los comicios en los cuales se definirá la continuidad del mandatario distrital.

Redacción Judicial
18 de marzo de 2015 - 02:25 a. m.
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La Corte Constitucional revivió el proceso de revocatoria del mandato del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego. Ante esto se le da un plazo de 60 días a la Registraduría Nacional del Estado Civil para convocar a la votación respectiva.

La decisión fue tomada por la Sala conformada por los magistados Gloria Ortiz, Jorge Iván Palacio y Jorge Ignacio Pretlt. Ante esto serán los ciudadanos quienes determinen en las urnas si Petro Urrego continúa o no en el cargo. 

La Sala avaló la ponencia de la magistrada Gloria Ortíz que indicaba que se habí a presentado una vulneración en los derechos de participación democrática y el control político por parte de los ciudadanos. 

En este sentido se consideró que se presentó una falla al suspender de manera definitiva este proceso considerando que “no existen razones jurídicas válidas” que autoricen a la Registraduría Nacional del Estado Civil a “suspender indefinidamente o cancelar el proceso de revocatoria del mandato”.

El alto tribunal evaluó la acción presentada por un ciudadano que consideró que con la resolución No. 340 del 13 de enero de 2014 - con la que la Registraduría puso punto final a la convocatoria de dicha revocatoria - al argumentar que se presentó una vulneración a los derechos de los ciudadanos.

En la decisión se manifiesta que se presentó una falla puesto que la Registraduría había manifestado en un principio que no se podía adelantar el proceso de revocatoria puesto que Petro Urrego ya no era el alcalde de Bogotá, poco tiempo después volvió a su cargo por decisión del Consejo de Estado que lo cobijó con medidas cautelares en el estudio de la demanda y restablecimiento del derecho.

Analizó la Corte Constitucional además que las decisiones de fondo emitidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) “no interfieren en el proceso democrático interno”, reiterando que la figura de revocatoria del mandato hace parte de los mecanismos democráticos de control al poder político.

Por medio de su cuenta en Twitter, el alcalde de Bogotá manifestó: “A pesar de una oposición ciega transformada en odio sectario y no en razón. Bogota mantiene su mandato popular constitucional estable” “Superada la fase de protección de Bogota Humana por medidas cautelares ahora nueva prueba: asumir el proceso de refrendarla popularmente” “Quien dijo que un gobierno progresista podría ejercer el mandato tranquilamente. Somos hijos de las dificultades y las asumimos”.

Esta decisión se conoce luego de que la Sala Plena del Consejo de Estado dejara en firme las medidas cautelares emitidas a favor del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro,  con la que quedan suspendidos los efectos del fallo de la Procuraduría General que lo destituyó e inhabilitó por 15 años para ocupar cargos públicos por las irregularidades en la planeación y puesta en marcha del nuevo modelo de aseo en la capital de la República en diciembre de 2012.

Por Redacción Judicial

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