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Corte negó tutela que pedía declarar como crimen Gómez Hurtado como lesa humanidad

El alto tribunal considera que la Procuraduría General cuenta con otros mecanismos jurídicos.

El Espectador
06 de junio de 2014 - 11:27 p. m.

Por improcedente, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia negó la tutela presentada por la Procuraduría General que buscaba que la Fiscalía declarara como crimen de lesa humanidad el crimen del dirigente conservador Álvaro Gómez Hurtado registrado el 2 de noviembre de 1995 en el norte de Bogotá.

El alto tribunal determinó que el Ministerio Público cuenta con otros mecanismos judiciales para pedirle al ente investigador que se tomen las medidas necesarias en los procesos que estén por prescribir.

“Dichos instrumentos de resguardo no pueden ser reemplazados o sustituidos a través de la tutela, pues de lo contrario serían invadidas injustificadamente las privativas funciones y la competencia de otras autoridades", precisa uno de los apartes de la sentencia de ocho páginas.

En este punto se tuvieron en cuenta decisiones emitidas anteriormente en la que se hacía referencia que este tipo de solicitudes estaban destinadas al fracaso puesto que no cumplen con los requisitos exigidos.

Para la Sala Civil en a acción de tutela ni los derechos de petición establecen mecanismos para que la Fiscalía General le dé pronta respuesta o acelere las investigaciones penales. “Se negaron las pretensiones que establecían la vulneración al derecho fundamental y al debido proceso por la presunta mora para resolver el referido caso”.

“La jurisprudencia constitucional ha enfatizado en la improcedencia de invocar el derecho de petición respecto de autoridades judiciales, salvo el evento de temas de carácter administrativo, en razón a que los procesos y en general los trámites que atienden dichas autoridades están sometidos a etapas o fases reguladas por el ordenamiento jurídico procesal de imperiosa aplicación, cuyo desconocimiento eventualmente daría lugar a quebrantar prerrogativas esenciales de igual linaje”, explica el fallo.

En la solicitud la Procuraduría General consideraba que el crimen se presentó en un contexto de agresión mortal, sistemática y generaliza de poderosas bandas de delincuentes con intereses narco paramilitares con el fin de que se aboliera el proyecto de extradición con los Estados Unidos en el Congreso de la República.

El Ministerio Público pedía que se resguardara a protección constitucional de los derechos fundamentales al debido proceso y de petición. “No se ha emitido ninguna respuesta a la petición pese a que el 2 de noviembre de 2015 se cumplen los 20 años”.

Por El Espectador

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