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Corte Suprema cuestionó fallos que anularon elección de dos magistrados de la Judicatura

El alto tribunal hizo varios reparos a la decisión del Consejo de Estado al considera que los estigmatizó.

Redacción Judicial
24 de noviembre de 2014 - 04:07 p. m.

Pese a que anunciaron que acatan los fallos que anularon la elección de los magistrados de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, Francisco Javier Ricaurte y Pedro Antonio Munar Cadena, la Corte Suprema de Justicia presentó varios reparos a las decisiones judiciales tomadas por la Sala Plena del Consejo de Estado.

El alto tribunal manifestó en el documento que le causa extrañeza y desazón el hecho de que se pretenda “estigmatizar” la elección de los dos magistrados adelantada por la Corte Suprema de Justicia “mediante la utilización de calificativos injustos e innecesarios, que resultaban completamente prescindibles para los efectos de la línea argumental que se articula en las sentencias”.

En este sentido llama la atención que con estas dos decisiones, conocidas en el marco de las últimas semanas, puesto que se alejan de la orientación presentada por el tribunal de lo contencioso administrativo en temas similares que fueron estudiados anteriormente. “Refleja mejor el sentido constitucional del artículo 126 de la Constitución Política”.

La Corte cita varias decisiones del alto tribunal que supuestamente demuestran su contradicción frente a estos casos “en las cuales los consejeros de Estado votaron a favor de exconsejeros que a su vez habían participado en su elección. Circunstancia que seguramente no pasa desapercibida para dicha Corporación, toda vez que se refleja actualmente en varios de los impedimentos pendientes de resolverse en el proceso promovido contra la elección del señor Procurador General de la Nación”.

Principalmente el de septiembre de 2008 cuando se rechazó una demanda por un caso similar. En este punto hacen un llamado para evitar cualquier “notoriedad mediática” a costa de lesionar la imagen de otra Corte constituyendo “una miopía histórica, cuyos efectos nocivos para toda la Rama Judicial, en términos de pérdida de legitimidad social, son desproporcionadamente superiores al momentáneo halago que produce a sus artífices”.

“Si bien al Consejo de Estado le es dado apartarse de los lineamientos que anteriormente sentó, es inútil su esfuerzo por negar el precedente del 2008. Esto revela el exclusivo ánimo de afectar el prestigio de una jurisdicción diferente, porque la justificación de haberla adoptado con ligereza no borra la existencia de esa interpretación ni la realidad de haber sido hecha por el propio tribunal contencioso, aunque “apenas” le haya dedicado un ‘un pequeño párrafo’”, asegura uno de los apartes de la comunicación.

Por Redacción Judicial

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