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Corte Suprema dejó en firme condena contra 'La Gata' por homicidio

La empresaria del chance fue sentenciada a 37 años de prisión por el crimen.

El Espectador
14 de agosto de 2013 - 05:33 p. m.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena de 37 años de prisión emitida por el Tribunal Superior de Bogotá en contra de la empresaria del chance Enilce López, más conocida con el sobrenombre de ‘La Gata’ por los delitos de concierto para delinquir y homicidio.

Esta decisión se tomó después de que el alto tribunal rechazara el recurso de casación presentada por la defensa de López en contra del fallo emitido el pasado 14 de diciembre en la que se le aumentó el fallo de primera instancia tras hallarla culpable del asesinato de Fabián Ocho Torres, al 12 de junio de 2000, quien se dedicaba a cuidar un peaje en la vía entre los municipios de Ovejas y Carmen de Bolívar, en Sucre.

El hombre fue asesinado por miembros de grupos paramilitares luego de que se le acusara de ser informante de la guerrilla de las Farc que delinquía en la zona. (Ver 'La Gata' tendrá que indemnizar a la viuda del hombre que ordenó asesinar)

En el proceso Luis Fernando Caro, alias 'Magensio' y Jairo Antonio Castillo, alias 'Pitirri' indicaron que la empresaria fue la autora intelectual del crimen, e incluso identificó al vigilante a través de una fotografía. (Ver El crimen que 'La Gata' no pudo burlar)

El proceso se reabrió en 2007 luego de que se presentaran nuevos elementos probatorios y testimoniales que vincularon a la polémica empresaria en este crimen.

Enilse López se encuentra detenida en su casa en Barranquilla, cumpliendo además una pena de nueve años de prisión por su participación en el delito de concierto para delinquir por sus vínculos con grupos paramilitares.

El proceso

Enilse del Rosario López Romero no fue quien apretó el gatillo. Pero fue quien le dio a uno de sus sicarios, Luis Fernando Caro Solano, una foto de la futura víctima y la orden de ejecutarlo, tal como sucedió el 12 de junio de 2000 en el peaje El Carmen, en la vía de Sincelejo a Cartagena.

Amaury Fabián Ochoa Torres fue acribillado ese día por Caro Solano y por alias ‘El Niche’ y, para el Tribunal Superior de Bogotá, la mujer que el país conoce como ‘La Gata’ fue la determinadora del crimen.

De esta manera, el Tribunal revocaó la sentencia que, en enero 27 de 2011, emitió el Juzgado Séptimo Penal del Circuito de Bogotá, en la que se declaró a ‘La Gata’ culpable de tener nexos con los paramilitares del bloque Norte, eximiéndola igualmente por el cargo de homicidio. En ese momento, el juez del caso la sentenció a nueve años de prisión: “El Tribunal (de Bogotá) no comparte que se le haya impuesto a la acusada la pena mínima por esta conducta”.

En un fallo de 80 páginas conocido por este diario, el magistrado ponente Juan Carlos Garrido advierte que los testigos que declararon en el proceso habían dado información contundente para sentenciar a López Romero por el delito de homicidio agravado. Entre ellos, por ejemplo, el autor del homicidio, Luis Fernando Caro Solano; el comandante de Policía de Magangué, John Milton Arévalo rodríguez o el entonces director regional del DAS, y exparamilitares como Lido Romero Contreras, alias ‘Mono Lidio’, y Sergio Manuel Córdoba, alias ‘Ciento Veinte’.

Según se consignó en la decisión del Tribunal, los testigos narraron que a Ochoa Torres –un vigilante en un puesto de peaje– lo asesinaron porque los paramilitares lo consideraban un colaborador de las Farc, que además había facilitado el robo de un automóvil a los ‘paras’. De acuerdo con Caro Solano, ‘La Gata’ incluso le solicitó que recuperara el carro para entregárselo de nuevo a las autodefensas.

La sentencia concluye que la causa para cometer este crimen iba mucho más allá de esta muerte individual: el fin era provocar temor, angustia y zozobra en la región. En otras palabras, señaló el magistrado Garrido: terrorismo. Además, “la enjuiciada perpetró el acto sin ningún recato, disponiendo de la vida de otro ser humano y con claro abuso de su posición de patrocinadora y dirigente de las autodefensas, lo que amerita un mayor juicio de reproche”, indica el documento.

El Tribunal Superior de Bogotá determinó que Enilse López deberá permanecer recluida de la libertad 450 meses (37,5 años), que tendrá que pagar 2.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes para el año 2001, que además deberá indemnizar a la viuda de Ochoa Torres, Mabel María Ochoa Blanco, con 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes para esa misma época, y que Medicina Legal tendrá que practicarle nuevos exámenes médicos. La justicia busca saber si Enilse López debe seguir con detención domiciliaria o si, por el contrario, puede ser trasladada a una cárcel.

López, por su parte, negó su responsabilidad en el homicidio de Ochoa Torres y anunció que sus abogados apelarán inmediatamente el fallo. ‘La Gata’ ya había apelado el fallo con el que, en primera instancia, resultó condenada por nexos con los paramilitares, así como apeló el mismo la Fiscalía. El resultado fue la condena que se conoció este viernes.

Por El Espectador

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