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Corte Suprema dejó en firme condena contra implicado en la masacre de Bojayá

El alto tribunal no aceptó los testimonios presentados por el accionante quien argumentó que había sido confundido con el comandante del frente 57 de las Farc.

Redacción Judicial
19 de diciembre de 2014 - 03:24 p. m.

Al rechazar el estudio del recurso de casación, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena de 37 años y seis meses de prisión emitida en contra de Gilberto de Jesús Torres Muñetón acusado por la Fiscalía General de haber participado en la muerte de 119 personas en la denominada masacre de Bojayá (Chocó) registrada el primero de mayo de 2002.

El alto tribunal no aceptó los argumentos presentados por el accionante quien manifestó que en la investigación había sido confundió con el comandante del frente 57 de las Farc, José David Suárez, alias ‘Becerro’ que comandó el ataque en contra de miembros de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).

En el recurso presentó los testimonios de Elda Yenis Mosquera, alias ‘Karina’, Sausis Pausivas Hernández, alias ‘Jesús Santrich’ y Jorge Tulio Arango, un grupo de desmovilizados de las Farc y la compañera sentimental de ‘Becerro’ quienes manifestaron que se había presentado una confusión.

Sin embargo la Corte Suprema consideró que durante la investigación se logró la plena identificación del procesado y su participación en los hechos materia de investigación. “La condeno no se profirió mediando ambigüedad alguna”.

La Corte Suprema le dio validez a las pruebas tenidas en cuenta al momento de dictar condena por parte del juzgado penal del circuito especializado de Quibdó y la Sala Penal del Tribunal Superior de la capital del Chocó en primera y segunda instancia, respectivamente.

“Es sabido que en la actuación original se logró la plena identificación de Gilberto de Jesús Torres Muñetón y fue a partir de ella y de inequívocos señalamientos fotográficos y de reconocimientos en fila de personas, que se hizo indubitable su intervención en los hechos por los que fue juzgado y condenado”, precisa uno de los apartes del fallo.

En este sentido no se le dio validez a los nuevos testimonios allegados por parte del accionante, al considerar que no cumplen con todos los requisitos de convicción y “lejos están de servir de fundamento para establecer que de haberse conocido en desarrollo de la actuación procesal originaria, habrían determinado la absolución del sentenciado”.

Torres Muñetón fue sentenciado por su responsabilidad en los delitos de homicidio en persona protegida, lesiones personales en persona protegida, rebelión, utilización de medios y métodos de guerra ilícitos, actos de terrorismo, destrucción de lugares de culto y destrucción de bienes e instalaciones de carácter sanitario.

En el marco de los cruentos combates entre miembros de las AUC y de las Farc, los pobladores fueron conducidos para que se refugiaran en la iglesia de la localidad. El día siguiente llegaron los guerrilleros accionando diversas cargas explosivas y cilindros con toda clase de metralla, acción que arrojó como resultado la muerte de 119 personas y heridas a por lo menos 114 más.

Por Redacción Judicial

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