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Corte Suprema negó acción de tutela en caso Petro

El alto tribunal catalogó como improcedente la acción judicial.

El Espectador
15 de mayo de 2014 - 10:30 p. m.

Por improcedente, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia rechazó la acción de tutela en contra del fallo de la Sala de Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Bogotá que ordenó el acatamiento de las medidas cautelares emitidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) a favor del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego.

El alto tribunal negó la acción judicial al considerarla que se pretendía atacar un fallo que fue impugnado y la cual es materia de estudio por parte de la Sala Civil actualmente. “La tutela resulta prematura porque, como quedó visto, el asunto que impulsa al gestor a acudir a esta vía se encuentra a la espera de ser solucionado por el juez competente”.

En este sentido se consideró que no se puede presentar el auxilio no es un instrumento que pueda utilizarse para atacar ese tipo de providencias, porque de aceptarse tal postura, se perdería su efectividad como mecanismo de acceso a la justicia para protección de derechos fundamentales.

“Desde esa perspectiva, es claro el fracaso de la acción, porque, se itera, es inviable cuando se interpone respecto de pronunciamientos emitidos en asuntos de idénticos perfiles, lo cuales se hallan en trámite de impugnación o les resta ser revisados, en el evento de ser seleccionados, punto último de esta excepcional justicia”, señaló la decisión.

La Sala Civil todavía no ha resuelto los impedimentos presentados por tres magistrados para conocer y tomar una decisión de fondo sobre las impugnaciones presentadas por la Presidencia de la República, el Ministerio del Interior y la Procuraduría General de la Nación.

Por El Espectador

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