Creación del Fondo de Tierras se discute hoy en la Corte Constitucional

En una audiencia pública se reunirán delegados del Gobierno, académicos y organizaciones campesinas e indígenas a debatir el Decreto Ley 902 de 2017, con el se implementa una parte de la reforma rural integral que se estableció en el Acuerdo de Paz.

Redacción Judicial
16 de agosto de 2017 - 01:00 p. m.
La reforma rural, señaló el Acuerdo de Paz, será fundamental para evitar el resurgimiento del conflicto,  / Archivo El Espectador
La reforma rural, señaló el Acuerdo de Paz, será fundamental para evitar el resurgimiento del conflicto, / Archivo El Espectador

Este miércoles 16 de agosto, a las 8 de la mañana, está programada en la Corte Constitucional una audiencia pública en la que se debatirá un tema fundamental para la implementación del Acuerdo de Paz: el Fondo de Tierras. El centro de la discusión será el Decreto Ley 902 de 2017, que expidieron los ministerios del Interior y de Agricultura mientras el Gobierno aún tenía facultades especiales para expedir normas relacionadas con el acuerdo con las Farc.

Esta guerrilla, no obstante, había expresado serias dudas frente a este documento“Está en riesgo la oportunidad histórica de lograr el cierre del ciclo de violencia cuyo origen ha estado en el problema irresuelto de la tenencia de la tierra”, dijeron las Farc en mayo de este año (...) Con este acto tramposo, el Gobierno nacional no sólo traiciona el Acuerdo Final de Paz, sino a los campesinos y campesinas que albergan la esperanza de que la Reforma Rural Integral haga posible la desconcentración y democratización de la tierra"

El Decreto Ley 902 de 2017 tiene un propósito esencial para Colombia, un país en donde el tema de la tierra ha sido una causa estructural del conflicto: “Busca sentar las bases para la transformación estructural del campo y establece como objetivos  cerrar la brecha entre el campo y la ciudad, crear condiciones de bienestar y buen vivir para la población rural, integrar las regiones, contribuir a erradicar la pobreza, promover la igualdad y asegurar el pleno disfrute de los derechos de la ciudadanía”.

La magistrada ponente en este proceso de control constitucional, Gloria Ortiz, será la primera en hablar. Luego se pronunciarán la Procuraduría, Fedepalma, la investigadora del tema de tierras Yamile Salinas, la exministra de Agricultura Cecilia López Montaño y José Antonio Ocampo Gaviria. Este último, codirector del Banco de la República, fue quien lideró la Misión para la Transformación del Campo, creada por el Gobierno justamente para determinar qué decisiones tomar frente al desarrollo rural y agropecuario.

La Misión entregó su informe en octubre de 2014 y el Decreto Ley 902 recogió sus hallazgos, señalando que ese organismo concluyó que “el atraso relativo del campo se hace evidente especialmente en materia de pobreza extrema y multidimensional”. Asimismo, que “el ordenamiento social de la propiedad rural requiere medidas que revisen la forma como históricamente se han asignado y legalizado los derechos y la tenencia de la tierra y sugiere la revisión de las normas vigentes relacionadas con la formalización”.

El acceso

En la segunda franja de la mañana se debatirán las modificaciones al régimen de acceso a la tierra rural. En ese espacio hablarán delegados del Ministerio de Agricultura, la Agencia Nacional de Tierras y Fedegán, entre otros. Igualmente intervendrán Álvaro Balcázar, exdirector de la nueva Unidad Especial para la Consolidación Territorial; el investigador social experto en el tema de conflictos por la tierra, Alejandro Reyes Posada; y Ana María Ibáñez, profesora y exdecana de la Facultad de Economía de la Universidad de los Andes que ha estudiado acuciosamente el impacto del desplazamiento forzado.

El tema del acceso a la tierra no es un asunto menor. Según el Dane, más de 800.000 hogares rurales que se dedican a actividades agropecuarias “no tienen tierra bajo ningún concepto”. Y el 59% de los que sí la tienen, es de manera informal y sin títulos. Por eso, el Decreto Ley 902 de 2017 propone que los campesinos, organizaciones cooperativas con vocación agraria o personas vinculadas en programas de reasentamiento para sustituir cultivos ilícitos, que posean tierra insuficiente o ninguna, tengan acceso a terrenos y a formalización gratuita de títulos.

La norma que estudiará la Corte dice que también podrán ser beneficiarios las asociaciones de víctimas, las mujeres rurales o cabeza de hogar y la población desplazada. Entre las condiciones figura no poseer un patrimonio superior a los 250 salarios mínimos mensuales, no poseer predios rurales o urbanos, no haber resultado favorecido en otros programas de tierras, no estar detenido por cuenta de una sentencia condenatoria y no haber sido declarado ocupante indebido de tierras baldías.

Asimismo, quienes salgan beneficiados con esta iniciativa, deberán cumplir dos condiciones durante siete años: ejecutar con sus familias proyectos productivos y no transferir el derecho del dominio de la tierra sin previa autorización de la Agencia Nacional de Tierras. Esa autorización solo se dará, dice la norma, cuando se demuestran casos fortuitos o de fuerza mayor que impidan cumplir sus obligaciones a quienes recibieron la tierra. Durante esos siete años, las propiedades entregadas por el Estado serán inembargables e inalienables.

El Decreto Ley 902 de 2017 también se ocupa de la creación del Fondo de Tierras para la Reforma Rural Integral. Su administración estará a cargo de la Agencia Nacional de Tierras y a la hora de asignar tierras a los campesinos, habrá una priorización: las personas en mayor condición de vulnerabilidad económica y social “recibirán tierra en primer lugar”. En el caso de las comunidades étnicas, se priorizarán los terrenos baldíos que esos grupos ya estén ocupando. Para la Corte también es importante establecer cómo esta norma se integra con otras reformas rurales que ya se han realizado.

En la tarde este miércoles se debatirá el tema de la consulta previa, lo que recuerda que no solo las Farc sentaron su voz de protesta frente al Decreto Ley 902. También lo hicieron colectivos indígenas como la Organización Nacional de los Pueblos Indígenas de la Amazonía Colombiana (Opiac), que teme que con esta normase vulnere el derecho a la consulta previa, libre e informada. "Eso vulnera nuestro derecho a participar en la construcción de una paz con la visión indígena", manifestaron en mayo de este año, justo antes de que el Decreto Ley se divulgara. (Lea: Un tierrero por decreto)

El asunto en discusión en la Corte Constitucional es esencial para el futuro del país. Tal como señala el Acuerdo de Paz con las Farc, “el desarrollo rural integral es determinante para impulsar la integración de las regiones y el desarrollo social y económico equitativo del país. La Reforma Rural Integral debe lograr la gran transformación de la realidad rural colombiana, que integre las regiones, erradique la pobreza, promueva la igualdad, asegure el pleno disfrute de los derechos de la ciudadanía y como consecuencia garantice la no repetición del conflicto y la erradicación de la violencia”.

Si desea leer el Decreto Ley 902 de 2017, haga click aquí.

Por Redacción Judicial

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