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Cuatro magistrados se declararon impedidos para conocer caso Arias Cabrales por holocausto del Palacio de Justicia

Señalan que hicieron referencia directa a la participación del excomandante de la Brigada XIII del Ejército en el fallo que absolvió al coronel (r) Luis Alfonso Plazas Vega.

Redacción Judicial
02 de febrero de 2016 - 07:50 p. m.
Cuatro magistrados se declararon impedidos para conocer caso Arias Cabrales por holocausto del Palacio de Justicia

Cuatro magistrados de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia presentaron un impedimento para conocer el caso del excomandante d la Brigada XIII del Ejército, general (r) Jesús Armando Arias Cabrales, condenado a 35 años de prisión por su participación en los hechos que rodearon la desaparición de seis personas en la operación de recuperación del Palacio de Justicia el 6 y 7 de noviembre de 1985.

En el documento de 25 páginas, los cuatro magistrados manifestaron que ellos suscribieron el fallo de casación emitido el pasado 16 de diciembre por el alto tribunal en el cual se absolvió al excomandante de la Escuela de Caballería, coronel (r) Luis Alfonso Plazas Vega por estos mismos hechos, quien había sido condenado a 30 años de prisión por el delito de desaparición forzada agravada.

Los magistrados consideran que en el caso del coronel Plazas Vega se hizo referencia directa a la participación del general Arias Cabrales como comandante de la operación de recuperación del Palacio de Justicia “en la que, se dice, desaparecieron algunas personas, lo que evidentemente es vinculante y trascendente para determinar la responsabilidad penal de dicho alto oficial en los hechos por los que fue acusado”.

Asegura que el caso del excomandante de la Brigada XIII se desprende de una investigación adelantada por la Fiscalía Cuarta delegada ante la Corte Suprema de Justicia. “Dentro del cual se dispuso la vinculación del citado mediante indagatoria, así como el traslado de la prueba documental y testimonial del proceso con radicación No. 9755-4 que, recuérdese, era el seguido contra los coroneles Edilberto Sánchez Rubiano y Luis Alfonso Plazas Vega”.

En este sentido señalan que es evidente que el causal probatorio recogido en la etapa del juicio y la acusación hecha en contra del general Arias Cabrales tuvo como base los elementos materiales practicados durante el proceso adelantado al coronel Sánchez Rubiano y el coronel Plazas Vega.

“Salvo contadas excepciones, el acervo probatorio que obra en la actuación seguida contra el general (r) Arias Cabrales es prácticamente el mismo que la Sala de Casación Penal ya valoró recientemente en el caso del coronel Luis Alfonso Plazas Vega”, precisa uno de los argumentos para alejarse del conocimiento del caso.

Se reseña que en el fallo que absolvió a Plaza Vega se indica que el oficial que estuvo al mando de la operación de recuperación del Palacio de Justicia fue en efecto el general Arias Cabrales. Para esto se citaron varios apartes de la decisión en la cual se afirma que el excomandante de la Escuela de Caballería no tenía participación en el manejo de los rehenes.

“La conclusión conforme a la cual, el general (r) Arias Cabrales fue el comandante de la operación de recuperación del Palacio de Justicia, y quien, por tanto, dispuso de las personas que eran evacuadas de las instalaciones del mismo, resulta claramente vinculante y trascendente a la hora de establecer la responsabilidad penal del alto oficial en cita frente a los cargos que le son imputados”, señala.

Se indica además que se hicieron varias valoraciones frente al papel del general Arias Cabrales, advirtiendo que en una oportunidad aceptaron el impedimento presentado por los magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá frente a este mismo caso puesto que ellos ya habían emitido un fallo en el caso del coronel Luis Alfonso Plazas Vega.

“Motivo que indudablemente patentiza la necesidad de que ahora los suscritos se sustraigan de conocer de este asunto con el propósito de garantizar la imparcialidad de la administración de justicia”, precisa el documento en el que se manifiesta la necesidad de preservar la garantía de imparcialidad absoluta que le asiste a todo procesado.

Por estos hechos los magistrados Luis Guillermo Salazar Otero (quien fue el ponente de la decisión), Gustavo Enrique Malo Fernández, Eugenio Fernández Carlier y Fernando Alberto Castro Caballero solicitaron apartarse de la discusión. En los próximos días se definirá si se avala o no este impedimento.

Por Redacción Judicial

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