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Denunciante de Silvestre Dangond también pide acciones contra Soho

Coadyuvó la petición de la Procuraduría de investigar la publicación de fotografías de menores que personifican víctimas de pederastia.

El Espectador
25 de marzo de 2011 - 02:24 p. m.

Que se investigue penal y disciplinariamente la publicación de fotografías de niños que interpretan a otros menores que habrían sido blanco de abusos sexuales por parte de sacerdotes, pidió el exmagistrado auxiliar del Consejo Superior de la Judicatura Augusto Ocampo, quien coadyuvó la petición de la Procuraduría de efectuar la respectiva indagación.

El jurista, que denunció al cantante vallenato Silvestre Dangond por cometer un presunto acto sexual abusivo con menor de 14 años, considera que le asiste razón al Ministerio Público en su señalamiento, sobre todo si se tienen en cuenta las consideraciones del artículo 128 del Código Penal, que establece penas de prisión para quien haga uso de imágenes pseudopornográficas en  las que se identifique a menores de edad.

Para Ocampo y el grupo de abogados que lidera, es necesario sentar un precedente a través de las instituciones para que la sociedad colombiana comprenda cuán importante es salvaguardar a los menores de edad del escarnio público y protegerlos por su estado de alta vulnerabilidad en materia sexual; la Ley penal, en ese sentido,  es clara en afirmar que la conducta de delito sexual se configura incluso si no se ha utilizado al infante de manera directa.

“Será reprimido con prisión de un mes a un año el que produjere, publicare o distribuyere imágenes pseudo pornográficas, en las que no se haya utilizado directamente al menor pero se emplee su voz o imagen o voz alterada o modificada (…) Tres meses a un año quien posea material pornográfico en cuya elaboración se haya empleado a un menor de 18 años”, dicen apartes de la norma.

El exmagistrado había denunciado al padre Efraín Rozo, luego de que varias personas que hoy habitan en los Estados Unidos aseguraran haber sido accedidos carnalmente por el religioso en los años 70, cuando apenas eran unos niños.

Debido al paso de más de 20 años desde la supuesta ocurrencia de los acontecimientos, la Fiscalía declaró la prescripción del caso, en tanto que el abogado solicitó que se reabrirera por cuanto, a su juicio, se tratabsa de un delito de lesa humanidad que, según el Estatuto de Roma, no tiene ningún plazo de términos para ser dirimido y puede investigarse sin importar cuánto tiempo hubiese transcurrido.

Por su parte, la procuradora delegada para la Protección de la Infancia y la Familia, Ilva Miryam Hoyos, le pidió al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y a la Fiscalía que investiguen las condiciones en las que se produjo la publicación titulada “Dejad que los niños vengan a mí”, porque considera que atentan contra la moral de los menores, contienen descripciones morbosas o pronográficas, entre otras disposiciones de las que habla artículo 47, numeral 6 del Código de la Infancia y la Adolescencia.

Para el Ministerio Público, esa actuación también pudo ser violatoria de disposiciones contenidas entre los artículos 207 y 211 del Código Penal, que recrea la tipificaciones de conductas sexuales dignas de condena.

En su edición 131, la revista explica que las fotografías hacían parte de la exposición “Mitad ángeles, mitad demonios”, que se efctúa en la actualidad en Medellín, Antioquia.
 

Por El Espectador

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