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Denunciarán a Carlos Slim por incumplimiento en fallo judicial de Claro a la ETB

Un abogado considera que después de seis meses no se ha dado cumplimiento al fallo de Consejo de Estado.

El Espectador
18 de febrero de 2013 - 10:16 a. m.

Ante la Fiscalía el abogado Mauricio Mateus Rodríguez presentará en la tarde de este lunes una denuncia penal en contra del principal accionista de la multinacional Claro (antes Comcel), Carlos Slim al considerar que ha incumplido un fallo judicial emitido por el Consejo de Estado.

Según el jurista, que interpuso la acción judicial a título propio, Claro ha omitido el cumplimiento del fallo después de seis meses de devolverle 134 mil millones de pesos a la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá (ETB). (Ver Consejo de Estado ordenó a Comcel devolverle $134 mil millones a la ETB)

El abogado explicó que la denuncia será presentada en contra de Slim como mayor accionario de la empresa Claro en Colombia y la junta directiva "por el delito fraude a resolución judicial" debido a los constantes incumplimientos.

Mateús indicó que "lo único que tiene que hacer Claro para demostrar su inocencia es pagar la cifra a la ETB, y esta tiene que ser indexada, es decir ajustada a Febrero de 2013".

La semana pasada en su cuenta de Twitter el alcalde de Bogotá, Gustavo Petro le solicitó al Ministerio de Comunicaciones la exclusión de Claro de la licitación para la implementación del 4G en Colombia debido al incumplimiento en el pago establecido pro el tribunal de lo contencioso administrativo.

El pasado 9 de agosto, la Sección Tercera del Consejo de Estado definió que Comcel, ahora Claro, tenía que devolverle en un plazo de cinco días 134 mil millones de pesos a la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá (ETB).

El tribunal de lo contencioso administrativo dejó sin efectos las sentencias proferidas para resolver recursos de anulación, además de los laudos arbitrales del 15 de diciembre de 2006, proferidas para resolver controversias surgidas entre la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá y varias empresas de telefonía celular.

"El Consejo de Estado dispuso el reintegro de los pagos realizados en cumplimiento de los laudos arbitrales y las comunciaicones correspondientes", explicó el presidente del Consejo de Estado, Gustavo Gómez Aranguren, señalando que se tiene que revisar además el pago de los intereses en este caso.

“Si se tiene en cuenta que la ETB había transferido por concepto de los laudos arbitrales una suma cercana a los $ 134.000 millones de pesos que deberán ser reintegrados a la ETB”, puntualizó el magistrado a la par de señalar que si bien el pago de intereses no fue materia de estudio por parte de la sala, una suma tan grande debería estar asistida por los “rendimientos que se hubieran podido causar”.

Según se explicó, la demanda obedece a que el uso de la plataforma tecnológica de Comcel para el manejo del espectro electromagnético por parte de la ETB y las demandas interpuestas por parte de la compañía de telefonía celular se adelantaron sin una serie de consultas previas a normas de carácter comunitario establecidas en el pacto de la comunidad Andina, los cuales deben ser tenidos en cuenta por cualquiera de los jueces de los tribunales de los diferentes países que la integran.

El pleito se remonta al año 2006, cuando la ETB fue condenada por los tres tribunales arbitrales a pagar la millonaria suma a Comcel. Según la ETB, en ese entonces, la compañía interpuso recurso de anulación ante la Sección Tercera del Consejo de Estado contra los tres laudos, y solicitó la interpretación y aplicación de las normas andinas porque según la norma comunitaria (Artículo 33 del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina), “en los procesos en los que la sentencia no sea susceptible de un recurso ordinario y deban aplicarse normas comunitarias, el juez debe suspender el proceso y solicitarle al Tribunal de Justicia la interpretación de dichas normas”. De acuerdo con el Tribunal Andino, hasta los árbitros están en la obligación de solicitar dicha consulta, y no lo hicieron.

Aunque la Corporación ya había desestimado los recursos de anulación interpuestos por la ETB contra los laudos, el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, en sentencia de agosto de 2011, le ordenó al Consejo de Estado dejar sin efectos las sentencias que resolvieron los recursos de anulación y declarar la nulidad de los laudos arbitrales, por violar el debido proceso. 

Por El Espectador

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