Destituyen e inhabilitan por 20 años a dos patrulleros por homicidio de Javier Ordóñez

Los patrulleros Juan Camilo Lloreda y Harby Damián Rodríguez fueron declarados responsables disciplinariamente del homicidio del abogado Javier Ordóñez, y sancionados con 20 años de destitución e inhabilidad. En el fallo, la Procuraduría demostró mentiras en el informe policial y la brutalidad cometida en el operativo del pasado 9 de septiembre, en el barrio Villaluz de Bogotá.

27 de octubre de 2020 - 07:43 p. m.
Patrulleros Harby Rodríguez y Juan Camilo Lloreda, ahora enfrentarán un proceso en la justicia ordinaria por la muerte del abogado Javier Ordóñez, el pasado 9 de septiembre en Bogotá / Procuraduría.
Patrulleros Harby Rodríguez y Juan Camilo Lloreda, ahora enfrentarán un proceso en la justicia ordinaria por la muerte del abogado Javier Ordóñez, el pasado 9 de septiembre en Bogotá / Procuraduría.
Foto: Procuraduría

Este 29 de octubre la Procuraduría culminó el juicio disciplinario contra los patrulleros de la Policía Harby Rodríguez y Juan Camilo Lloreda por el homicidio, en su custodia, del abogado Javier Ordóñez. Los hechos, ocurridos en septiembre pasado, desataron protestas alrededor del país y, más de un mes después, el Ministerio Público los encontró disciplinariamente responsables de los delitos de abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto y homicidio de Ordóñez. Ninguno de los dos podrá ejercer cargos públicos por los próximos veinte años.

“El despacho no acepta los argumentos del patrullero Juan Camilo Lloreda, pues como se ha explicado a lo largo de la presente decisión hay pruebas suficientes y con cargo de certeza que permite, sin dudas, responsabilizarlo por los cargos endilgados: esto es por el abuso de autoridad y el homicidio del señor Javier Ordóñez Bermúdez”, esa fue una de las consideraciones centrales de la Procuraduría, que decretó la inhabilidad máxima contra los policías que habrían torturado hasta la muerte al abogado, el pasado 9 de septiembre en Bogotá.

En contexto: Medicina Legal señala que la muerte de Javier Ordóñez fue “violenta-homicidio”.

De acuerdo con la procuradora delegada Aura Fajardo Moreno, las pruebas recolectadas al interior del CAI Villaluz son contundentes. “Juan Camilo Lloreda brutalmente le causó las lesiones al señor Ordóñez Bermúdez, que le produjeron la muerte. Mientras que su compañero Harby Damián Rodríguez colaboró incluso para sujetarlo por los pies, tal como quedó registrado en las imágenes. Esa autoridad de la que arbitrariamente abusó (…) se le otorgó para un fin completamente diferente, para protegerlo en su vida”, sentenció.

En la diligencia de lectura de fallo, la Procuraduría detalló cada uno de los momentos clave durante el proceso disciplinario contra Rodríguez y Lloreda. Desde la supuesta noticia criminal de una riña en el barrio Villaluz, que en el informe policial quedó registrada como la -falsa- explicación que intentaron dar los patrulleros al maltrato que evidenció Medicina Legal, en el cuerpo de Javier Ordóñez. Además, el Ministerio Público demostró que, en el CAI Villaluz, Lloreda estalló con golpes repetitivos el riñón derecho del abogado, con complicidad de Harby Rodríguez, situación que llevó a su muerte por hemorragia interna.

En contexto: Medicina Legal señala que la muerte de Javier Ordóñez fue “violenta-homicidio”.

En la audiencia de este martes, una vez se presentaron los patrulleros Rodríguez y Lloreda, la procuradora delegada leyó el fallo en primera instancia, procedimiento que duró más de seis horas. “A través de diferentes medios de comunicación nacional, se conocieron los hechos ocurridos en la madrugada del miércoles 9 de septiembre, en el barrio Villaluz (…) durante el procedimiento policial, el ciudadano Javier Ordóñez fue reducido por la fuerza por ellos, utilizando un dispositivo taser”, explicó Fajardo en su introducción.

Después de eso, la delegada hizo un resumen de todos los hechos relevantes presentados durante el proceso de audiencia disciplinaria, que empezó el 1 de octubre y terminó en la tarde de este martes. Por ejemplo, la vez que ambos patrulleros se opusieron a ser defendidos por abogados de oficio y la negación de la Procuraduría a la primera petición de suspensión, dado que el delegado Herman Rincón Cuellar no “permitiría maniobras dilatorias”.

Así mismo, la procuradora advirtió que se tuvo en cuenta el testimonio del policía Henry Bonilla, del pasado 6 de octubre, quien es miembro del CAI Villaluz y presenció los hechos de presunta tortura y muerte por golpes, principalmente, en la zona abdominal de Javier Ordóñez. “Me indican que ese señor agredió físicamente al patrullero Juan Camilo Lloreda -el 9 de septiembre-. Les dije que había que judicializarlo”, aseguró el testigo en su momento.

También, durante la audiencia de fallo, fue clave lo testificado por el patrullero Harby Rodríguez, quien el pasado 7 de octubre tuvo la oportunidad de rendir su versión ante la Procuraduría. El procesado indicó que el dueño de un local le dijo que Javier Ordóñez era problemático, cuando hizo presencia por una supuesta pelea en el barrio. “Ya íbamos a arrancar y sale un señor de las Brasas Burguer -lugar donde se habría presentado la riña- y nos señalaba que un señor de gorra azul con camisa azul, señalando a Javier Ordóñez siempre que tomaba llegaba a buscarle problema a todo el mundo, que lo retiráramos de ahí”, dijo Rodríguez.

“Javier se viene de frente y golpea a mi compañero en el rostro, en el pómulo izquierdo, una patada y más golpes en el casco y en la cabeza. Wilder y Juan David (amigos de Javier) se me hacen en medio, saco mi pistola y hago un disparo hacia el suelo para disuadirlos porque si me golpeaban entre los tres podían hacerme mucho daño, eran más grandes que yo”, agregó Harby Rodríguez. Después, en esa diligencia, confesó haberle dicho a Juan Camilo Lloreda que no golpeara más al abogado, una vez fue trasladado al CAI Villaluz.

Luego, la delegada de policía judicial inició con la valoración de las pruebas decretadas con anterioridad en el juicio disciplinario. En principio, se refirió al informe de procedimiento policial redactado por el patrullero Harby Rodríguez, en el cual argumenta que llegó a Javier Ordóñez a través de una denuncia por una supuesta riña. “Había ocho sujetos agrediéndose entre ellos”, firmó Rodríguez en el documento, agregando que había una persona -Javier Ordóñez- que tenía diferentes lesiones en el cuerpo.

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Sin embargo, la Procuraduría comparó tal testimonio con las imágenes de las cámaras de seguridad del barrió Villaluz. ¿El resultado? El patrullero Harby Rodríguez mintió en su informe policial. “Se puede concluir que este informe rendido tiene un contenido absolutamente falso, pues en esas grabaciones se ve cuando llegaron a donde iban los citados civiles, no había la tal riña múltiple. A Javier Ordóñez no lo estaba agrediendo nadie, ni tenía laceraciones ni hematomas en el rostro”, sentenció la delegada Aura Fajardo.

Así mismo, la Procuraduría demostró que el informe de Harby Rodríguez estaba viciado por más mentiras. No solo el policía mencionó que Ordóñez estaba vinculado a una riña, también dijo que su mejor amigo, Wilder Salazar, se había comportado de manera violenta al momento de su detención. A través de imágenes, sacadas de videos grabados por los mismos allegados del abogado, se demostró que Salazar se dejó esposar y caminó junto a los uniformados que acompañaron el operativo.

“Es tal la intención de faltar a la verdad que Harby Rodríguez omitió decir (en el informe policial) que había disparado su arma de fuego -acción que luego confesó en la audiencia disciplinaria-. La retención y conducción de Javier Ordóñez fue un acto arbitrario e injusto porque los patrulleros violaron el Código de Policía, porque hicieron uso de un arma de fuego y una pistola taser sin ser necesario, proporcional y racional. Solo podían hacer uso de ellas como último recurso físico para proteger la vida e integridad física de las personas”, agregó la Procuraduría.

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A continuación, el Ministerio Público se concentró en el CAI Villaluz. A través de los videos recolectados, la Procuraduría infirió que el patrullero Juan Camilo Lloreda pudo haber torturado al abogado por 23 segundos mientras Wilder Salazar, su mejor amigo y también detenido, llegaba a la instalación policial. Inclusive, Javier Ordóñez entró arrastrado y esposado por los policías, sin capacidad de desplazarse por sus propios medios, situación que para la Procuraduría demuestra que fue atacado antes y durante su estadía en el centro de detención.

“Los investigados, integrantes de la patrulla de vigilancia en el cuadrante 47, cometieron el homicidio del señor Javier Ordóñez como resultado de los múltiples golpes (patadas y puños) propinados cuando se encontraba bajo su custodia, reducido, esposado y completamente en estado de indefensión”, agregó la Procuraduría. En ese momento, la delegada Aura Fajardo Moreno se detuvo para precisar que el abogado, al contrarió de su desenlace, debió recibir protección de la Policía.

Tras determinar que la actuación de los patrulleros fue completamente contraria a su función, la delegada leyó el informe de necropsia firmada por el doctor de Medicina Legal Francisco José Calle. A través del lenguaje técnico, el mismo con el cual testificó el médico, se determinó que en el cuerpo de Javier Ordóñez había rastros de esquirlas de un disparo con arma de fuego. Además, se confirmó que el abogado murió por trauma abdominal severo, que derivó en una seria hemorragia en el riñón derecho, decretada por la entidad forense como “violenta-homicidio”.

“No duda que los policías, antes que proporcionar protección a quien estaba detenido, actuaron arbitraria e irracionalmente, sacando provecho de la condición de inferioridad en la que se encontraba (Javier Ordóñez). Propinándole golpes repetitivos y contundentes, impactos que tenían tanta energía que le ocasionaron el estallido del riñón derecho”, concluyó la Procuraduría. Así las cosas, por lo menos en primera instancia, termina el proceso disciplinario contra Harby Rodríguez y Juan Camilo Lloreda. Los expolicías, destituidos oficialmente, esperan desde la cárcel para la fuerza pública de Facatativá un nuevo llamado, esta vez, en la justicia penal.

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HF(32718)28 de octubre de 2020 - 11:05 p. m.
Por lo observado en los videos, estos sujetos tuvieron cómplices de la misma policía. La justicia no tendría que actuar también?
Carlos(12335)28 de octubre de 2020 - 12:11 p. m.
Y cuando van a procesar a los policias que asesinaron a los 3 inocentes en el barrio Verbenal?. Es la policia una entidad llena de sicopatas o la orden era matar civiles e intimidar la protesta?
Luis(22669)28 de octubre de 2020 - 10:50 a. m.
Procuraduría castrochavista, ahora empiezan con segunda estancia como con uribito y hasta los restituyen y les quedamos debiendo la indemnización
Mar(60274)28 de octubre de 2020 - 01:49 a. m.
El colmo, ni cárcel siquiera por semejante tortura y asesinato y dizque inhabilitados por 20 años, ni siquiera de por vida o semejante crimen deja de ser espantoso después de 20 años?
  • Rivas(7913)28 de octubre de 2020 - 05:52 p. m.
    Son dos procesos diferentes. Este par de asesinos deben enfrentar ahora el juicio penal, el cual debería llevarlos a penas consecuentes con la multitud de delitos cometidos que culminaron con el asesinato de un hombre indefenso.
Maria(21813)27 de octubre de 2020 - 09:33 p. m.
y la condena por homicidio?
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