Publicidad

El Estado es responsable de tratar a homicidas con trastornos

Los inimputables, su control y seguimiento.

Redacción Judicial
13 de junio de 2012 - 09:03 p. m.

El caso de Javier Velasco ¬–el presunto agresor de Rosa Elvira Cely, la mujer brutalmente atacada en el Parque Nacional el pasado 24 de mayo–, abrió la pregunta sobre el manejo y seguimiento que realizan las autoridades a los agresores con aparentes trastornos psiquiátricos que los hacen inimputables. Es decir, que no pueden ser condenados aunque sí recluidos ya que, en la mayoría de los casos, constituyen un peligro para la sociedad.

Según el Código Penitenciario y Carcelario, el Estado tiene dos compromisos con las personas que no pueden ser procesados penalmente: “Igual que los imputables, tiene el deber de privar de la libertad al inimputable que ha cometido un hecho punible. Pero a diferencia de aquellos, debe adelantar una política de rehabilitación de las personas diferentes desde el punto de vista psíquico”. Es decir, que la responsabilidad estatal no se reduce a recluir sino también a encargarse del tratamiento adecuado para cada condición mental.

Hace diez años, cuando Velasco asesinó a Dismila Ochoa Ibáñez –crimen que él mismo confesó–, Medicina Legal afirmó que padecía de un “trastorno mental transitorio con base patológica” y que el tratamiento que le correspondía era intramural. Es decir, que aunque no sería condenado, representaba un peligro inminente para la sociedad y debía permanecer confinado en un centro de rehabilitación psiquiátrica. Sin embargo, lo que siguió para Velasco fue cumplir solamente 15 meses de cárcel y quedar libre, con el compromiso de asistir periódicamente a Alcohólicos Anónimos. Una década después, a Velasco se le atribuiría uno de los ataques más violentos en contra de una mujer que el país haya registrado.

De acuerdo con fuentes del Ministerio de Salud consultadas por El Espectador, dependiendo del dictamen de Medicina Legal, el juez decide cuánto tiempo debe pasar la persona en uno de los centros médicos que hay dedicados a tratar enfermos mentales. En Bogotá y sus cercanías son tres los encargados de lidiar con estos casos: la clínica Nuestra Señora de la Paz, la clínica Santo Tomás para la Mujer y la clínica San Juan de Dios de Chía; cada una con sus expertos determina el tipo de tratamiento que recibirá la persona y atiende la orden del juez respecto al tiempo que la persona deba permanecer recluida.

El control y seguimiento que se les hace a estas personas se adecúa a las órdenes del juez y las recomendaciones médicas. Pero, entre otros, los familiares de Rosa Elvira Cely y Dismila Ocho Ibáñez se preguntan ¿qué pasó con el tratamiento de Velasco? ¿Por qué quedó en libertad tan rápido y solo tuvo que pagar dos salarios mínimos?

Al respecto, la expresidenta y miembro honorario de la Asociación Colombiana de Psiquiatría, Olga Albornoz Salas, afirma que este tipo de personas “no pueden estar sin custodia ni manejo. Pueden ser aún más peligrosos porque a pesar de causar tanto daño a la sociedad no pueden ser juzgados, pero esto no quiere decir que no tengan que ser manejados y custodiados de manera exhaustiva”.

Mientras avanza el proceso por el homicidio de Rosa Elvira Cely, los familiares de la víctima esperan que Velasco no sea declarado inimputable por segunda vez. Todo dependerá del análisis de los psiquiatras que traten al presunto homicida. Los allegados a Rosa Elvira se mantienen en su posición: Velasco, aunque trastornado, sabía lo que hacía. Un juez determinará si esto fue así.
 

Por Redacción Judicial

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar