El fuerte llamado de atención de la Corte a SaludCoop por negarse a practicar un aborto

El alto tribunal señaló que la EPS incurrió en una desatención sobre la jurisprudencia. Se le ordenó indemnizar a la mujer.

Redacción Judicial
13 de octubre de 2016 - 12:24 p. m.
El fuerte llamado de atención de la Corte a SaludCoop por negarse a practicar un aborto

La Corte Constitucional destacó que los “conceptos psicológicos” tienen validez cuando se estudia una solicitud para practicarse un aborto en Colombia. El alto tribunal precisó que un riesgo de salud mental está contenido en las tres causales que fueron avaladas en la sentencia que despenalizó la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo en el país.

En este sentido aseguró que si se comprueba una situación de peligro para la vida o la salud de la madre los organismos y autoridades encargadas tienen la obligación de avalar la solicitud. Para la Corte no se puede desconocer la validez de los conceptos emitidos por psicológicos, quienes tienen son profesionales de la salud, y tienen toda la capacidad para emitir sus conceptos.

“Están en capacidad de definir el impacto que un embarazo tiene en la salud mental de la paciente y cómo la puede afectar en tal grado que la integridad y dignidad mental de la mujer corra peligro por el hecho del embarazo”, precisa la sentencia que avala este tipo de conceptos para “la evaluación de los requisitos exigidos” en temas relacionados con el aborto.

Este pronunciamiento surge de una sentencia en la cual se le ordena a la EPS SaludCoop indemnizar a una mujer quien solicitó practicarse un aborto justificando malformaciones en el feto y posibles afectaciones para su salud mental. La Corporación advierte que este tipo de entidades debe abstenerse de imponer obstáculos en este tipo de casos.

“SaludCoop desconoció sus deberes mínimos para la atención de solicitudes de aborto y vulneró el derecho fundamental a la interrupción voluntaria del embarazo de la accionante”, precisa uno de los apartes de la decisión judicial que consideró que la EPS desatendió las reglas establecidas en este tema.

Por Redacción Judicial

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