Publicidad

"El Gobierno debería liderar un cambio de mentalidad en la tropa"

El representante Guillermo Rivera, uno de los firmantes de la demanda que tumbó la ampliación al fuero militar, dice que el Ejecutivo, que se jugó por la negociación, tiene que enseñarles a las Fuerzas Armadas a pensar en términos de paz. Asegura que, pese a que ganó su posición, no le gustó el fallo. Y, en otro tema, denunció el aumento de abortos y enfermedades de piel en las zonas donde hay aspersiones con glifosato.

Cecilia Orozco Tascón
26 de octubre de 2013 - 09:00 p. m.
El representante Guillermo Rivera.  / Liz Durán
El representante Guillermo Rivera. / Liz Durán

Usted fue uno de los firmantes de la demanda ante la Corte Constitucional que proponía declarar inexequible la ampliación del fuero militar. ¿Qué opina del rifirrafe que armó el magistrado Jorge Pretelt por estar en desacuerdo con la decisión mayoritaria de tumbarla?

Es inadecuado que un magistrado de tan alto rango desaté una polémica como esta, con declaraciones públicas. Me parece un infortunio institucional que después de dos décadas de existencia de la Corte, con cuyos fallos uno puede estar o no de acuerdo, por primera vez un miembro de la sala plena de esa corporación haya actuado más como un político que como un juez y haya roto la regla de oro de un operador judicial, regla que consiste en que sus pronunciamientos se hacen a través de sus fallos o de sus salvamentos o aclaraciones de voto.

¿Cree que ese hecho y las grandes críticas que ha generado la decisión de tumbar el fuero militar contra la Corte lesionarán su dignidad y, sobre todo, su credibilidad?

Lo que lesiona a la Corte es que uno de sus miembros arme debate por fuera de las providencias. Pero al margen de ese incidente, hay que decir que la demanda contenía varios cargos y que, en mi concepto, el más light de todos era el de la simultaneidad, mencionado en el comunicado de prensa de la Corte como el que produjo la declaratoria de inconstitucionalidad. Todavía no sabemos qué ocurrió con el resto de las objeciones, entre ellas, la de un artículo transitorio que abría la puerta para que la ley estatutaria permitiera el traslado de investigaciones en curso de la jurisdicción ordinaria a la penal militar. Habría sido muy importante que la Corte hubiera resuelto este trascendental tema.

¿Por qué usted, pese a todo, también parece estar en desacuerdo con la decisión de la Corte si coincide con lo que ustedes querían, es decir, que se cayera la ampliación al fuero militar?

Aunque cuando se demanda una ley o un acto legislativo ante la Corte Constitucional sólo cabe solicitar su inexequibilidad, al menos yo hubiera preferido la devolución del texto al Congreso como lo venía haciendo la Corte en casos similares, por dos razones: primera, para que los parlamentarios hubiéramos podido volver a discutir los argumentos de fondo, y segundo, para que la propia Corte hubiera zanjado definitivamente la discusión acerca de si es constitucional o no que las infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH) sean competencia de un tribunal militar. Por mi parte, siempre expresé que las infracciones al DIH sólo podían ser conocidas por la justicia ordinaria.

Muchos parecen desconocer ahora que las formas en derecho son tan importantes como el fondo. Suponga, por ejemplo, que cualquiera pudiera detener a otro sin orden judicial. ¿No será que tras las críticas a la Corte se oculta, más bien, el inmenso apoyo político —que no jurídico— que tiene la ampliación al fuero?

Hay formas de formas. Y hay unas menos trascendentales que otras. Le repito que hubiera sido interesante conocer las posiciones de fondo de la Corte sobre el proyecto en varios aspectos. Por ejemplo, sobre si se podía permitir que un tribunal mixto (civil y militar) decidiera la competencia de asuntos que hoy son, sin lugar a discusión, de una jurisdicción o de otra.

Sea como sea, la razón de la Corte para tomar su decisión de inconstitucionalidad fue la de la “simultaneidad” en la discusión (ver parte superior de la pág.). Usted estaba ahí, ¿por qué la Comisión Primera y la plenaria de la Cámara de Representantes debatían el tema al mismo tiempo si está prohibido hacerlo?

Eso suele ocurrir en el Congreso con mucha frecuencia. Estoy sorprendido de que por ese solo hecho se hubiera declarado la inexequibilidad total.

Insisto: todos los representantes conocen el reglamento. ¿Cómo pueden incurrir en un vicio tan elemental como el que menciona en el fallo?

Cuando las comisiones están trabajando no es raro que llegue la hora de citación a la plenaria y todavía ellas no hayan concluido sus discusiones. Suele ocurrir que ambas sesiones se crucen por unos minutos porque se citan unas por la mañana y la otra por la tarde.

¿La presión del Ejecutivo por hacer aprobar rápido la reforma y el compromiso de los presidentes de la Comisión Primera y de la plenaria con la coalición gubernamental precipitaron el error?

No lo creo y debo reconocer que en mi condición de opositor al proyecto tuve todas las garantías para intervenir y exponer mis argumentos.

Pero yo sí recuerdo que algunos representantes denunciaron la simultaneidad de la discusión y dijeron que se había incurrido en ella por la presión que ejercían los ministros del Interior y de Defensa.

No recibí ningún tipo de presión del Gobierno y no puedo hablar por el resto de los congresistas.

La Corte dice que la consecuencia de precipitar la decisión final es que quedó lesionada “la calidad” del debate, ¿qué opina de ese argumento?

Por el contrario, recuerdo que discutimos ampliamente el texto. Hay constancia de exposiciones mías de casi una hora, lo que ya es mucho en el Congreso donde uno no puede hablar más de 20 minutos. También soy testigo de otras intervenciones muy amplias en pro y en contra del proyecto. Aprovecho su pregunta para decir que es una lástima que la Corte no hubiera aprovechado el examen del proyecto sobre ampliación del fuero para retomar los argumentos que dio para declarar exequible el acto legislativo para la paz.

¿Y por qué habría de unir los dos temas?

Porque en el uno y en el otro se definen los instrumentos judiciales que se refieren a la investigación y sanción de los crímenes de guerra. Por eso creo que la reciente sentencia que declaró exequible el acto legislativo para la paz habría podido servir como jurisprudencia de orientación y base para examinar la ampliación del fuero militar.

Pero, ¿la ampliación del fuero no es, precisamente, lo opuesto a una legislación para la paz?

Antes de discutir la reforma constitucional de ampliación del fuero militar ya habíamos aprobado el acto legislativo para la paz, en el que definimos mecanismos de justicia transicional para todos los actores del conflicto armado que hayan infringido las normas internacionales de los derechos humanos y del DIH. Por lo tanto, los miembros de la Fuerza Pública cuyas conductas se encuentren tipificadas bajo los anteriores preceptos deberían también ser objeto de mecanismos de justicia transicional que les permitieran obtener beneficios penales siempre y cuando digan la verdad y reparen a las víctimas. Por eso digo que era importante revisar la ampliación del fuero militar a la luz de lo aprobado en el acto legislativo para la paz.

El estamento militar no se va a conformar con este fallo y es altamente probable que en la próxima legislatura se presente un proyecto nuevo que, con seguridad, será más ventajoso para esa jurisdicción. ¿Qué piensa usted?

Espero que el próximo gobierno, quienquiera que sea su presidente, sea el del posconflicto porque se hubiere logrado llegar a un acuerdo con las guerrillas, y que un proyecto como el de la ampliación al fuero militar no tenga ni siquiera que ser pensado: sin guerra no hay crímenes de guerra. Soy de los que creen que la mayor parte de la Fuerza Pública, cuya mayoría son soldados pertenecientes a familias humildes, cumple con su deber de conformidad con la ley. Y este gobierno, que tiene su suerte jugada en alcanzar el fin del conflicto, debería liderar, desde ya, un cambio de mentalidad en la tropa para empezar a pensar en las bondades de la paz y no en la preparación para la guerra.

Cambiando de tema, el miércoles pasado usted hizo un debate sobre el uso del glifosato para erradicar cultivos de coca y dijo que “en época de aspersiones incrementan las consultas por alteraciones dermatológicas y complicaciones con el embarazo, que en muchos casos terminan en abortos espontáneos”. ¿En qué se basa para hacer esas afirmaciones?

El profesor Daniel Mejía, de la Universidad de los Andes, dio a conocer un estudio que realizaron él y Adriana Camacho, en el que analizan las consultas médicas de todo el país, que contienen más de 50 millones de observaciones entre los años 2003 y 2007. Se refieren a todas las consultas médicas, operaciones quirúrgicas, visitas a salas de emergencia y procedimientos tanto en el sistema público como privado de salud. En ese estudio se concluyó que durante las épocas de aspersión del glifosato se incrementan las consultas médicas por alteraciones dermatológicas y por abortos.

¿Qué relación tiene la aspersión con la aparición de esas enfermedades?

Según los hallazgos, cuando aumentan las aspersiones con glifosato, aumenta la probabilidad de encontrar enfermedades de la piel en los municipios cercanos a las operaciones de fumigación y sucede lo mismo con el incremento de abortos en esas poblaciones.

¿Cuáles son las estadísticas que soportan esa tesis?

El estudio (Camacho-Mejía, 2013) indica que si, por ejemplo, en un municipio la aspersión promedio durante los últimos 15 días se duplica, la probabilidad de ocurrencia de diagnósticos dermatológicos aumenta en 0,1%. En el caso de embarazos, si en un municipio la aspersión promedio durante los últimos 8 meses se duplica, la probabilidad de ocurrencia de abortos se incrementa en 1,3%.

Y con relación a la efectividad de erradicación de los cultivos de coca con glifosato, ¿qué encontraron los investigadores?

En Colombia, en los últimos 10-12 años, la aspersión con glifosato prácticamente se duplicó. Mientras tanto, en la parte de efectividad de ese método para reducir los cultivos ilícitos, un estudio paralelo (Mejía, Restrepo, Rozo, 2013, U. Andes) indica que por cada hectárea adicional asperjada, los cultivos de coca se reducen, en promedio, en 0,15 hectáreas. En otras palabras, se podría decir que para eliminar una hectárea cultivada con coca, habría que asperjarla en promedio 6,7 veces. O sea que no es una medida eficaz.

Usted también resaltó que la autoridad ante la cual las comunidades afectadas tienen que tramitar sus quejas es la Policía, ¿por qué la critica?

Porque la Policía Antinarcóticos es la encargada de asperjar. Difícilmente esa misma institución va a examinar objetivamente los efectos de sus propias actuaciones. Además, en la reciente conciliación entre Colombia y Ecuador sobre este particular, nuestro Estado se compromete a diseñar un trámite expedito para las quejas que presenten los ecuatorianos, en tanto que para los colombianos el trámite no tiene garantías. No se entiende cómo nuestro Gobierno ofrece más a los extranjeros que a los nacionales en esta materia.

¿Este es el estudio que según se dijo en la prensa, un funcionario de la Cancillería pidió aplazar su publicación hasta tanto se resuelva en La Haya el litigio con Ecuador?

Es el mismo. Y siendo Colombia el único país del mundo en donde se desarrolla aspersión aérea con glifosato, el estudio que prende las alarmas sobre los riesgos de este químico para la salud de los seres humanos debería ser amplia y transparentemente debatido. Y a mi juicio, debería precipitar la suspensión inmediata de esa estrategia de erradicación.

Dura prueba para la Corte Constitucional

La semana pasada fue una de las más negativas en toda su historia para la Corte Constitucional de Colombia. Enfrentó a dos críticas de hondo efecto. La primera, nacida en su propia sala plena, es que uno de sus miembros, el magistrado Jorge Pretelt, dijo en público que sus colegas, que mayoritariamente decidieron declarar inexequible la ampliación del fuero militar, “se inventaron un vicio” de trámite para “evitar debatir el fondo de una figura tan importante para las Fuerzas Militares”. Además del resentimiento que podrían generar sus palabras en el estamento uniformado, Pretelt también instigó la confrontación de la Corte con el Legislativo cuando indicó que “es increíble que se esté presumiendo la mala fe del Congreso”. Nunca antes un togado de esa corporación había hecho algo similar. La segunda mala hora de la Corte fue la apabullante ola de rechazo por haber tumbado esa reforma que permitía la protección ampliada de los militares frente a la justicia civil. Paradójicamente, los organismos más poderosos en el mundo en materia de protección de derechos humanos respiraron tranquilos cuando se cayó el proyecto que, según ellos, haría retroceder al país varios años en materia de humanización del conflicto.

El vicio de la reforma

Según la mayoría de los nueve miembros de la Corte Constitucional, la discusión de la reforma al fuero militar en la Cámara de Representantes quedó viciada en uno de sus trámites durante el quinto debate de los ocho que tenía que surtir. Varias demandas fueron presentadas contra su exequibilidad pero una de ellas, firmada por los parlamentarios Iván Cepeda, Gloria Inés Ramírez, Germán Navas Talero, Ángela María Robledo y Guillermo Rivera, y por varios ciudadanos y abogados como el columnista de este diario Ramiro Bejarano, reparaba en el defecto. Para los demandantes, la existencia de ese vicio tenía que ver con la iniciación de sesiones simultáneas en la Comisión Primera de la Cámara, el 26 de septiembre de 2012, que concluyó a las 4:10 de la tarde, según está registrado en el acta de la misma fecha, y en la plenaria de la corporación la cual, de acuerdo a lo escrito, debía empezar a las 2 p.m. El registro de esta última se abrió sobre las 3:30, hora y media después, pero aún no habían terminado las discusiones en la Comisión. Al parecer, los presidentes de esta y de la Cámara se comunicaron telefónicamente para aplazar el pleno una hora pero no la decisión no se formalizó en ninguna parte. La simultaneidad se dio, al menos, durante 40 minutos. Este hecho fue el que, finalmente, dejó sin efecto la reforma.
 

Por Cecilia Orozco Tascón

Temas recomendados:

 

Sin comentarios aún. Suscribete e inicia la conversación
Este portal es propiedad de Comunican S.A. y utiliza cookies. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su uso, de acuerdo con esta política.
Aceptar