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Estado debe minimizar el riesgo de los uniformados

Según el alto tribunal, la Nación debe hacer lo posible para reducir las posibilidades de una emboscada.

El Espectador
25 de febrero de 2013 - 03:23 p. m.
Foto: Archivo Particular
Foto: Archivo Particular

El crimen de tres agentes de policía en el año 1995 en la Sierra Nevada de Santa Marta dio lugar a que el Consejo de Estado condenara a la Nación por este hecho y fijara directrices claras sobre la necesidad de reducir al máximo los riesgos de los uniformados en zonas de conflicto.

El 31 de mayo de 1995, hacia las 11 de la mañana, los agentes Óscar Almanza Coronado y Julio Enrique Escárraga, así como el subteniente Luis Alberto Pérez, se trasladaron a la estación de policía de El Ramo, en la Sierra Nevada, con el fin de llevar la mesada y alimento al personal de la policía que se encontraba allí.

Sin embargo, fueron interceptados por un retén del frente Francisco Javier Castaño de la guerrilla del ELN. Los uniformados fueron obligados a descender del campero en el que se movilizaban y tras una caminata por la Sierra Nevada fueron asesinados a tiros. Sus cuerpos fueron encontrados al día siguiente.

Los familiares de los policías muertos demandaron al Estado al considerar que los uniformados habían sido enviados a una zona de mucho peligro, donde hacían presencia grupos guerrilleros y paramilitares, “sin el menor apoyo logístico que se les debía brindar a pesar de tratarse de una región enmarcada como roja”. Se criticó que dicho desplazamiento no se hubiera efectuado sin el apoyo logístico requerido.

Los tres policías asesinados estaban siguiendo órdenes, pero el Consejo de Estado concluyó que la Nación “incurrió en un comportamiento omisivo” y por esa razón consideró que existió una falla en el servicio que expuso las vidas de los agentes y derivó en la masacre reseñada en su momento.

A pesar de que el Ministerio de Defensa se opuso a la demanda, el alto tribunal señaló: “Dada la omisión precitada ya que estando catalogado el sector de El Ramo como de alto riesgo por la afluencia continua de guerrilla y paramilitares, el Estado tenía la obligación de evitar el mínimo riesgo para su personal, pues era previsible que en cualquier momento esos grupos retuvieran a los agentes que por vía terrestre tratan de llegan a esa estación”.

En síntesis, la conclusión del Consejo de Estado es que la Nación debe garantizar la reducción de riesgos de sus agentes de la Fuerza Pública en zonas de conflicto. Una sentencia que abre la puerta para distintas demandas en relación con atentados o ataques a uniformados en zonas de alto riesgo y con presencia de múltiples actores ilegales.  

Por El Espectador

 

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