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Fallo de la Corte Constitucional sobre la doble instancia es un despropósito: Corte Suprema

El alto tribunal manifestó que es imposible cumplir con lo establecido en el fallo C-792 de 2014.

Redacción Judicial
28 de abril de 2016 - 07:45 p. m.
Fallo de la Corte Constitucional sobre la doble instancia es un despropósito: Corte Suprema

Como un “despropósito” calificó la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia al fallo C-792 de 2014 de la Corte Constitucional que creó la figura de la doble instancia en los procesos contra los aforados constitucionales que fueron condenados en procesos de primera y única instancia.

La presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Margarita Cabello Blanco manifestó que lo dispuesto en la sentencia es “irrealizable” puesto que no existe actualmente la figura del superior jerárquico de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.

En este sentido explicó que en la Sala celebrada en la mañana de este jueves se decidió enviarle una carta al presidente de la República, Juan Manuel Santos y el presidente del Senado, Luis Fernando Velasco para que conozcan las observaciones frente al citado fallo.

"Que no está al alcance de la Corte Suprema de Justicia, que es maximo Tribunal de Justicia, que es máximo Tribunal de la Justicia ordinaria y órgano de cierre, la creación de un superior jerárquico que revise las sentencias de sus Salas especializadas", precisó la magistrada Cabello Blanco.  

En el documento se señalará que ni la Corte Suprema de Justicia ni ninguna otra autoridad judicial en Colombia tiene las facultades para definir las reglas que permitan poner en práctica lo establecido por la Corte Constitucional.

“Que es simplemente imposible para la Corte Suprema de Justicia, en razón de lo anterior, definir las reglas que habiliten el recurso de apelación contra las sentencias condenatorias que en casos de única instancia profiera su Sala de Casación Penal o respecto de la primer condena que dicte en segunda instancia o en desarrollo del recurso extraordinario de casación”, indicó
 

Por Redacción Judicial

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