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Fiscalía asegura que nunca ha negado a los desaparecidos del Palacio de Justicia

Así le respondió el vicefiscal general, Jorge Perdomo al procurador Alejandro Ordóñez.

Diana Carolina Durán Núñez
25 de noviembre de 2015 - 04:03 a. m.

“Es necesario mencionar que no existe una manifestación de la Fiscalía General de la Nación en la que se informe que ‘no hubo desapariciones’ en el interior del Palacio de Justicia”. Con estas palabras el vicefiscal general, Jorge Perdomo, le resolvió al Ministerio de Relaciones Exteriores el interrogante que había surgido el pasado 28 de octubre. En esa fecha el procurador, Alejandro Ordóñez, le envió una carta a la canciller, María Ángela Holguín, asegurando que un documento del fiscal general, Eduardo Montealegre, establecía que, en lo referente al Palacio de Justicia, “no hubo desapariciones”.

El procurador Ordóñez envió la carta a la Cancillería ocho días después de que la Fiscalía revelara que se habían identificado los restos de tres desaparecidas del Palacio: Cristina Guarín, Luz Mary Portela y Lucy Amparo Oviedo. Según el procurador, sus familias no podían ser indemnizadas como víctimas de desaparición forzada, según lo ordenó la Corte Interamericana en 2014: “Todo parece indicar, la conducta no existió”. La Fiscalía, sin embargo, concluyó todo lo contrario, y así lo dejó claro en la respuesta que envió a la Cancillería el pasado 17 de noviembre.

El vicefiscal Perdomo explicó que, en su sentencia, la Corte Interamericana analizó que Cristina Guarín, Luz Mary Portela y Lucy Amparo Oviedo fueron víctimas de desaparición forzada porque, al igual que otras personas, “salieron vivas del Palacio de Justicia y fueron consideradas como sospechosas por parte de las Fuerzas Militares”. Y, en segundo lugar, porque “fueron separadas de los demás sobrevivientes y posteriormente detenidas, sin que se hubiera registrado su retención”. Esos detenidos “fueron trasladados al segundo piso de la Casa del Florero y posteriormente remitidos a instalaciones militares”.

“La ausencia de registro de las personas consideradas sospechosas revela que las autoridades ocultaron información”, destacó el vicefiscal, Jorge Perdomo, del fallo de la Corte, y señaló que otro elemento de esas desapariciones forzadas es que la Fuerza Pública había negado las detenciones. Por eso, resaltó, “es necesario mencionar que la declaratoria de la Corte Interamericana no descansa exclusivamente en la incertidumbre sobre el paradero de las víctimas, sino en toda una serie de elementos que componen la desaparición forzada como una grave violación a los derechos humanos”.

Además, el vicefiscal le dijo al procurador Ordóñez, a través de la comunicación enviada a la Cancillería, que no se podía concluir que Portela, Oviedo y Guarín no habían sido desaparecidas sólo porque sus restos fueron encontrados. “Por el contrario, que sus cadáveres fueron identificados (es) una garantía del derecho a saber y una obligación del Estado”. Perdomo recordó que la Corte Interamericana había advertido que, aun si los restos eran hallados, era preciso “determinar circunstancias adicionales, tales como, por ejemplo, la causa probable de muerte”.

Otro punto que trajo a colación el vicefiscal Perdomo es que las familias Portela, Oviedo y Guarín no van a ser indemnizadas sólo por el delito de desaparición forzada, sino porque el Estado falló al no garantizar la vida, por no adoptar las medidas que exigía el riesgo que corrían los magistrados de la Corte Suprema. “La Corte Interamericana encontró que el Estado no garantizó el derecho a la vida y la integridad de las víctimas (...) pese a las diversas informaciones de inteligencia que indicaban una posible toma por parte del M-19”, indicó el vicefiscal. Más de cien personas murieron los días 6 y 7 de noviembre de 1985 en el asalto del M-19 y la posterior respuesta militar.

La Cancillería ya le había dicho a la Procuraduría que los fallos de la Corte Interamericana “son definitivos e inapelables”, ante la petición del procurador Ordóñez de diferir las indemnizaciones a las familias Portela, Oviedo y Guarín porque los restos habían sido hallados. Para la Fiscalía, esa solicitud es improcedente: “La nugatoria del pago de una indemnización a una persona que ostenta la calidad de víctima, lejos de proteger el patrimonio público, es una acción que la revictimiza, atenta contra su dignidad y desconoce los estándares internacionales (...). Los familiares de las señoras Guarín, Portela y Oviedo no pierden su calidad de víctimas al haberse producido la identificación de sus cuerpos”.

Por Diana Carolina Durán Núñez

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