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Iván Moreno Rojas será juzgado por tráfico de influencias en proceso del 'carrusel'

La Corte Suprema varió la calificación jurídica de dos delitos por lo que es juzgado el excongresista.

El Espectador
02 de septiembre de 2013 - 04:17 p. m.

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia varió la calificación jurídica de los delitos por los cuales era procesado el exsenador Iván Moreno Rojas dentro del juicio por su presunta participación en el ‘carrusel de la contratación’ en Bogotá.

El magistrado Fernando Castro indicó que la variación de delitos y la calificación se dieron después de estudiar la participación del excongresista del Polo Democrático Alternativo en la entrega de dos contratos de la malla vial en la capital de la República.

El alto tribunal consideró que la imputación jurídica cambia del delito de cohecho propio a tráfico de influencias, mientras que en el delito de interés indebido en la celebración de contratos pasó de interviniente a determinador.

En este sentido, el delito de concusión no sufrió ninguna modificación por parte de la Corte Suprema que hizo varios reparos al escrito de acusación hecho por la Sala de Instrucción Penal en el caso del exsenador.

Con esta decisión, se aumenta también la pena que recibiría el exparalamentario si es condenado dentro de este proceso que ya cumple dos años y por el cual se encuentra privado de la libertad desde el 10 de mayo de 2011.

En el delito de tráfico de influencias, se considera que existen elementos materiales para adecuar su conducta más a este delito puesto que usando su investidura y su cercanía con el alcalde de Bogotá, Samuel Moreno Rojas el congresista buscó que las empresas del Grupo Nule se beneficiaran de los convenios de malla vial a cambio de una comisión.

“Surge incuestionable que el real y verdadero compromiso asumido por el aforado consistió en ejercer todo su poderío a través de los hilos de poder que manejaba para influir en otros servidores públicos vinculados al IDU con el propósito de que adjudicaran contratos a las empresas en las que tenía interés el Grupo Nule”, precisó el magistrado ponente.

En este caso indicó que esa posición le permitió controlar todo el proceso licitatorio y así facilitar el proceso licitatorio con el fin de obtener el resultado prometido a los contratistas que lo buscaron al catalogarlo como su socio para lograr todos sus objetivos en el proceso contractual.

El magistrado señaló que Iván Moreno tenía una doble condición como: senador y hermano del alcalde de Bogotá lo cual habría utilizado para buscar beneficios con el llamado Grupo Nule quienes lo vieron como un medio para conseguir tres importantes contratos viales en Bogotá.

“El grupo Nule divisó a Moreno Rojas como el ideal socio para acercarse a la administración de turno no por tratarse de cualquier ciudadano sino precisamente por razón de la importancia que le otorgaba su pertenencia al Congreso de la República, además del valor agregado que representaba que ese senador fuera el hermano de Samuel Moreno alcalde mayor de Bogotá, condiciones que lo hicieron ideal socio y comisionario para los propósitos del grupo Nule”, indica uno de los apartes de la decisión.

Y es que para la Sala de Juzgamiento, conformada en este proceso por seis magistrados, Iván Morteno tenía el poder suficiente para inferir en los contratos mediante su investidura ante funcionarios del IDU que al fin de cuentas fueron los encargados de entregar dichos convenios ya que Moreno Rojas no tenía ni la función de firmar la adjudicación de los mismos.

“Las conductas punibles por las que está siendo acusado se habrían cometido con ocasión al cargo que ostentó, por lo que queda claro que la competencia de la Corte continúa y permanece no obstante a su pérdida de investidura decretada por el Consejo de Estado”, explicó el magistrado Castro.

Al final de la diligencia judicial, el abogado Jesús Orlando Gómez, quien defiende los intereses del excongresista, manifestó que en el próximo martes presentará el recurso de reposición ante los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.

“Esta decisión la recibe con mucha preocupación porque eso demuestra que la calificación estaba equivocada según la Corte, porque si varían ahora es porque existían errores y errores graves que la Corte dentro de la audiencia llevan a cambiar el juzgamiento pero eso no quiere decir que se han subsanado todos los errores”, precisó. 

Por El Espectador

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