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Judicatura negó tutelas contra destitución de Gustavo Petro

El alto tribunal acogió la ponencia que indica que la Procuraduría no le vulneró los derechos al alcalde de Bogotá.

El Espectador
06 de marzo de 2014 - 04:48 p. m.
Judicatura negó tutelas contra destitución de Gustavo Petro

Con una votación de 6 a 1, la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura negó las tutelas radicadas en contra de la sanción disciplinaria emitida por la Procuraduría General contra el alcalde de Bogotá, Gustavo Petro por las irregularidades en la puesta en la planeación y ejecución del nuevo modelo de aseo en la capital de la República.

“Se niega el amparo de los derechos invocados por los actores por el fallo de destitución que le impuso el señor Procurador General de la Nación. Con esta decisión no significa otra cosa que la revocatoria del primer fallo el cual en principio había tutelado estos derechos fundamentales”, precisó la presidenta del Consejo Superior de la Judicatura, María Mercedes López Mora.

En la sesión celebrada este jueves, la mayoría de la Sala acogieron los argumentos esgrimidos en la ponencia del magistrado Pedro Alonso Sanabria que indican que la Procuraduría General tenía las facultades constitucionales para investigar y sancionar disciplinariamente a los funcionarios elegidos por voto popular.

El magistrado Sanabria explicó que con esta decisión se caen las medidas cautelares emitidas por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el cual se suspendieron los alcances del fallo de la Procuraduría General que destituyó e inhabilitó al mandatario distrital por 15 años para ocupar cargos públicos.

En la Sala se determinó que no se le vulneraron los derechos políticos al alcalde de Bogotá puesto que estos no son absolutos. “Los derechos tienen límites y uno de ellos está amparado en la Constitución Política. El artículo 277 de la Carta Magna le atribuye facultades a la Procuraduría General para imponer sanciones a funcionarios inclusive los de elección popular”.

“En lo que respecta a la sentencia de la Judicatura queda en firme el fallo de la Procuraduría en la medida en que quedan en firme las medidas cautelares dictaminadas en la primera instancia, de tal manera que ahora viene la revisión de la Corte Constitucional pero ella puede determinar si estudia a o no la tutela, por lo que en estos momentos queda sin piso jurídico las medidas cautelares”, precisó el magistrado.

El alto tribunal, al estudiar las 185 tutelas radicadas por un grupo de personas que consideraban que sus derechos a elegir y ser elegidos habían sido vulnerados, consideró que no se vulneraron ni se afectaron sus derechos por parte de la Procuraduría General.

"Los derechos fundamentales a elegir y participar en el ejercicio y control del poder político no han sido desconocidos para los accionantes por parte de la Procuraduría, porque esos derechos no tienen carácter absoluto. Su ejercicio no puede impedir la existencia de procesos disciplinarios y la imposición de sanciones que en derecho correspondan", se determinó.

Frente a la acción presentada por la defensa del alcalde de Bogotá ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el magistrado aseguró que pese que no conoce el tramite que se debe adelantar todavía existe esa instancia y las medidas cautelares que podrían emitirse por parte del organismo internacional.

“En este momento hay unos fallos de tutela del Consejo de Estado y del Consejo Superior de la Judicatura respecto a un fallo de la Procuraduría, de tal manera que ese puede acudir a la Comisión Interamericana”, explicó el abogado en el marco de la rueda de prensa.
 

Por El Espectador

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